Tener DNI será obligatorio desde los 5 años

Es para cumplir con la ley, que establece que la identificación debe realizarse al inicio de la "edad escolar". Costará 8 pesos, aunque las familias más pobres podrán obtenerlo sin pagar.

VIEDMA (AV)- Los niños deberán tener su Documento Nacional de Identidad (DNI) a partir de los cinco años de aquí en más, según lo dispuso el Registro Civil de la Nación.

Las delegaciones del Registro Civil rionegrino comenzarán a emitir las libretas a partir del lunes 28 de este mes, en virtud de que el organismo provincial debe remitir instrucciones a los delegados con una serie de requisitos a cumplir en el marco de este nuevo operativo.

El trámite seguirá costando ocho pesos aunque será gratuito para aquellas familias que no puedan abonar esa pequeña suma por razones de indigencia. En ese caso, a los padres o representantes legales de la persona a identificar se les extenderá un certificado de pobreza, mediante una presentación que deberán hacer con el acompañamiento de dos testigos.

Las disposiciones establecen multas de otros ocho pesos para aquellos padres que no formalicen los trámites, y cuando su hijo haya cumplido los nueve años de edad sin haber sido documentado.

De acuerdo al nuevo sistema, se le solicitará al adulto que cuando efectúe el trámite -en su carácter de progenitor o tutor- estampe su firma en la página del documento a extender, si es que el identificado no supiere escribir.

Los empleados responsables de la actualización documentaria deberán tomar huellas dactilares de los menores, que permitan su clasificación o subclasificación manual o por medios electrónicos, ya que de acuerdo a las investigaciones más avanzadas se llegó a la conclusión de que los niños poseen impresiones digitales definidas, pese a su corta edad.

Al anunciar el operativo, la directora del Registro Civil de Río Negro, Graciela Aún de Parente, fundamentó la necesidad de reducir la edad en la Argentina basándose en que «el primer párrafo de la ley 17.671 determina que la primera actualización de los datos identificatorios deberá exigirse al llegar los chicos a la edad escolar y a más tardar a los ocho años».

Argumentó que «la Ley Federal de Educación registrada bajo el número 24.195 define en sus artículos 10, incisos A y B, que la edad escolar se inicia a los cinco años».

En ese sentido, explicó a «Río Negro» que «del concurso de ambas normativas legales se establece que el lapso para efectuar la primer actualización de datos prevista por la Ley de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional, está comprendida entre los cinco años y los ocho años de edad del menor».

Advirtió «la necesidad de la actualización temprana, incluso para evitar los inconvenientes que se presentan cuando el trámite se realiza dentro del plazo límite de los ochos años».

Según la funcionaria «afecta su disponibilidad en tiempo oportuno, debido a que la validez del DNI caduca sin la correspondiente actualización y determina la imposibilidad de su presentación ante autoridades nacionales y de países limítrofes».

Parente insistió en lo importante que resulta el trámite ni bien el niño es escolarizado porque «si no hasta los ocho años no es nadie» a los fines de la identificación legal, y además «pasa a constar en todos los registros educativos con su nuevo documento».


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