Un juez de Bariloche frenó el cobro de un préstamo a una víctima de estafa

La mujer denunció haber sido víctima de un delito virtual que concluyó con un crédito que no autorizó por 400.000 pesos cuyo dinero fue destinado a terceros.

Las estafas virtuales se multiplican cada día y en un nuevo caso que llegó a la Justicia en Bariloche, se ordenó a una entidad bancaria el cese del cobro de las cuotas de un préstamo otorgado a una clienta que denunció haber sido víctima del ciberdelito.

El juez en lo Civil y Comercial Santiago Morán concedió una medida innovativa, mientras continúa la causa central por la estafa, y dispuso a un banco suspender los efectos del préstamo otorgado a una mujer, evitando el cobro de cuotas y absteniéndose de informar como impagos los montos al sistema de información crediticia hasta el dictado de la sentencia definitiva.

La mujer denunció haber sido estafa mediante “engaños por vía telefónica que llevaron a que los delincuentes utilizaran su cuenta bancaria para obtener un ‘préstamo’ ofrecido por el Banco Patagonia, y extraer el mismo a favor de terceros desde de la cuenta de la cliente, por una suma de 403.000 pesos, en febrero del corriente año”, indicaron los abogados patrocinantes de la mujer Andrés Martínez Infante y Alexia Gschwind.

En la medida cautelar se refirió que este tipo de estafas online fueron denominadas «phishing» y los estafadores “simulan pertenecer a entidades bancarias y solicitan a los cibernavegantes los datos de tarjetas de crédito o las claves bancarias a través de un formulario o un correo electrónico con un enlace que conduzca a una falsa página web con una apariencia similar a la original”.

Remarcó que el error de la víctima en acceder no quita que sea nulo o inexistente el supuesto contrato y tampoco exime a la entidad bancaria de responsabilidad en lo referente a tomar las medidas necesarias para obtener seguridad para las operaciones bancarias.

El juez Morán remitió a la Ley de Defensa del Consumidor, normativas del Banco Central de Argentina y jurisprudencia en el país vinculada a los delitos de estafas virtuales.

Señaló que se ha mencionado que los bancos tienen entre sus condiciones que los servicios sean brindados en forma personal y cuando se hagan por medios de mecanismos electrónicos deben garantizar total seguridad al cliente. Y remarcó que la fragilidad del sistema de entidades financieras quedó demostrada en la cantidad de causas judiciales por fraude que se iniciaron en la ciudad que ya ascienden a 144.

El juez entre sus fundamentos señala que “las prácticas comerciales bancarias en un país económicamente fallido y desquiciado como Argentina deben escrutarse con especial cuidado sobre todo en materia de derechos del consumidor” y remarca que se incluyen diseños de prácticas que resultan verosímiles para la víctima de un delito.

En la sentencia que ordena el freno del cobro de cuotas, el juez insiste que sin prejuzgar atento a que la causa por estafa sigue su curso, se debe destacar “las falencias del sistema de seguridad bancario, ya que cada vez hay más servicios electrónicos que fácilmente y mediante sólo un ‘click’ puede accederse a un préstamo bancario, lo cual incluso resulta muy simple en la aplicación que se baja a los celulares donde al ingresar lo primero que se lee es ‘Solicitá hoy tu préstamo al toque’”.


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