Justicia escandalosa

Siempre pensé que las pruebas para condenar a Jorge Carrascosa por el crimen de su mujer María Marta Belsunce eran manifiestamente insuficientes. Por cierto, es muy difícil arribar a conclusiones certeras cuando no se tiene cabal conocimiento de toda la causa, ni inmediatez con la producción de la prueba, pero lo que trascendía con profusión en los medios me daba esa idea con bastante seguridad, aunque nunca llegué a sospechar que, como se ha dicho ahora, no existiría ningún elemento de juicio que lo comprometa. Suponía que campeaba un natural disenso en la apreciación de tales elementos probatorios, con diferente interpretación del panorama indiciario, pero a 14 años del crimen parece escandaloso que ahora se afirme que no hay nada que permita sostener la condena a prisión perpetua por el homicidio agravado de su esposa.

Cabe recordar las marchas y contramarchas del caso. Primero sólo se lo condenó por encubrimiento, pero luego en Casación se modificó el fallo y se lo condenó por su participación junto a otras personas en el homicidio. Ahora el último fallo lo absuelve y uno de los jueces explica por TV que no hay ninguna prueba de que participara en el homicidio. Como corresponde en el racional ordenamiento procesal aplicado, cada una de las sentencias debió contener una expresa motivación por escrito de las razones que llevaron a las respectivas conclusiones, en otras palabras, los fundamentos de los jueces técnicos que las suscribieron. El disenso podrá ser natural, pero pasar prácticamente de blanco a negro, con un esposo que soportó durante tanto tiempo la grave acusación y condena por el homicidio de su esposa, lleva a la sociedad a un tembladeral jurídico, pues se trataría de una valoración diferente de las pruebas conocidas, que llevarían a otra conclusión, lo cual torna esquiva la verdad real que debe buscar la Justicia Penal frente a estos delitos.

Bien se ha dicho que la justicia tardía no es justicia, y 14 años, en una investigación que se inició casi de inmediato, con imputados que no han estado prolongados lapsos prófugos, es una demora intolerable. Esta falencia ya es de por sí escandalosa y, lamentablemente, ninguna norma legal podrá garantizar por sí misma que semejante morosidad no se repita en otros procesos sin afectar la justicia que el caso requiere. Porque convengamos que poner un límite temporal al proceso, como hacen las nuevas leyes procesales, puede disminuir el riesgo de mora grosera para el imputado, pero de ninguna manera significa que con ello se haga justicia. Las víctimas y la sociedad pueden quedarse con las ganas de un fallo basado en las pruebas, no en el mero transcurso de un plazo.

Ni los defectos de investigación, ni la morosidad de los procesos, encontrarán necesaria solución con el nuevo sistema procesal que no termina de instalarse en Río Negro (empezará con notoria demora respecto a la fecha prevista). Aplaudí muchas veces que la conducción de la investigación esté en manos de los fiscales, pero eso, aunque ayuda, no garantiza eficacia y rapidez. Pero en mi modesta opinión, muchos más grave sería el riesgo de injusticia si, como se advierte claramente en el caso que nos ocupa, en lugar de jueces técnicos que dieron los fundamentos de sus decisiones, lo que permite analizarlas y contradecirlas, la responsabilidad del acusado hubiera sido decidida por jurados legos, que no tienen formación legal ni experiencia forense, y que deciden por íntima convicción.

Yo no sé si el Sr. Carrascosa es culpable o inocente (no es necesario probar su inocencia, basta que no se pueda demostrar con certeza su culpabilidad), ni puedo saber cómo le hubiera ido en un juicio por jurados populares, pero con “el diario del lunes” creo que él tuvo suerte en definitiva de que su destino no quedara librado a íntimas convicciones de ciudadanos inexpertos, cuya decisión, cualquiera hubiera sido, tampoco le garantizaba a la sociedad que realmente se hacía justicia. Ahora al menos se pueden leer los fundamentos y discutirlos. No debieran existir este tipo de circunstancias escandalosas, pero en todo caso son menos dañinas que un posible error indiscutible de un eventual jurado con escasa preparación para enfrentar la falibilidad humana.

Catorce años, en una investigación que se inició casi de inmediato, con imputados que no han estado prolongados lapsos prófugos, es una demora intolerable.

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Catorce años, en una investigación que se inició casi de inmediato, con imputados que no han estado prolongados lapsos prófugos, es una demora intolerable.

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