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Medidas en Neuquén: probarán las «burbujas barriales» en siete ciudades

La medida alcanza a las localidades con circulación comunitaria del virus. Habrá restricciones vehiculares y en las salidas recreativas hasta el 25. El sistema sanitario sigue al límite.

La medida fue confirmada por el gobierno provincial. La decisión se aplicará en Neuquén capital, Centenario, Plottier, Senillosa, Cutral Co, Plaza Huincul y Zapala. El decreto, que se pliega a los lineamientos de Nación, tendrá una vigencia hasta el 26 de octubre y será de aplicación obligatoria para los Municipios. Solo las personas incluidas en el listado, ampliado hoy, de esenciales podrán movilizarse sin restricciones. El resto tendrá limitaciones.

De acuerdo a lo informado ayer, en sintonía con el regreso a la fase de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), en las ciudades mencionadas el gobierno aplicará lo que definió como «burbujas barriales». La idea es evitar los desplazamientos entre los barrios.

Para eso se mantendrán las salidas por DNI para realizar el abastecimiento de productos básicos (supermercado, farmacias, etc.) y solo podrán circular en vehículo quienes estén dentro de las 31 categorías esenciales. Es decir que se mantiene la restricción vehicular que se aplicó este fin de semana para quienes no sean esenciales por lo que las compras deberán realizarse caminando.

Por este motivo no estarán habilitados al público los bares y restaurantes que podrán seguir con la modalidad de delivery. Además las salidas recreativas y deportivas se recortarán a los viernes y sábados.

El sostenido aumento de los casos en las últimas dos semanas obligó al gobierno a tomar medidas para aliviar el estresado sistema sanitario neuquino. Las terapias intensivas se mantienen desde hace, al menos, 15 días en un nivel de ocupación pleno con el 99%. Los contagios entre el personal de salud creció al punto que la semana pasada había más de 550 agentes cursando la enfermedad.

Desde el inicio del seguimiento epidemiológico en la provincia, hasta el parte de anoche, se detectaron 15.341 personas contagiadas, de los cuales 268 fallecieron6.794  se recuperaron y 8.279 permanecen activos. Este mediodía se informaron 159 contagios de los cuales 80 eran de la capital neuquina.

El gobernador Omar Gutiérrez participó el viernes pasado de la conferencia de prensa junto al presidente Alberto Fernández en la que se adelantó que al menos 18 regiones continuaría, o volverían, como el caso neuquino, a etapa de aislamiento. Eso se confirmó esta mañana con el decreto presidencial y se fue ratificó hace minutos por Provincia.

En Río Negro en cambio, la gobernadora Arabela Carreras, informó a los intendentes ayer por la mañana que “no se incorporarán más restricciones, sino más controles”. Incluso ratificó el plan de apertura al turismo en Bariloche con la prueba piloto.

Los puntos salientes del decreto de cambio de fase en Neuquén

Uso de los automóviles. Solo podrán movilizarse los que sean trabajadores esenciales. Hoy el gobierno nacional sumó siete nuevas categorías a las 24 que estaban vigentes.

Burbuja familiar y barrial. Las familias deberán abastecerse en la compra de alimentos e insumos básicos en los comercios de cercanías. El resto de los comercios, como bares y tiendas de indumentaria, por ejemplo, al no ser esenciales no podrán atender al público por lo que deberán utilizar la modalidad de delivery.

DNI. Se mantienen las salidas por terminación del documento. Los pares lunes, miércoles y viernes y; los impares y cero martes, jueves y sábado.

Salidas recreativas y deportivas. Se restringieron solo a dos días. Viernes y sábado, según terminación de DNI.

El comunicado completo

Están comprendidas las localidades con circulación comunitaria del virus. Neuquén, Plottier, Centenario, Senillosa, Cutral Co, Plaza Huincul y Zapala. El resto de las ciudades continuará como hasta ahora.    

El gobierno de la provincia en consonancia con el decreto nacional de necesidad y urgencia definió nuevas medidas para las seis localidades con circulación comunitaria del virus. 

La medida será desde este lunes 12 de octubre hasta el 26 del corriente. Funcionarán las actividades esenciales definidas en el decreto 297/20 más las actividades autorizadas por el gobierno provincial. 

Asimismo, se crean las Burbujas Barriales Alimentarias, Sanitarias y Recreativas. Las personas podrán circular en forma peatonal, en bicicleta u otros vehículos similares para provisión de alimentos y medicamentos en comercios y farmacias de cercanía a sus domicilios.

Estas salidas continuarán ordenadas de acuerdo a la terminación de DNI de cada ciudadano: los terminados en 0, 2, 4, 6 y 8: lunes, miércoles y viernes. Los terminados en 1, 3, 5, 7 y 9: martes, jueves y sábados

No se podrá circular en vehículo motor en las vías públicas de esas localidades, excepto: trabajadores y trabajadoras de actividades esenciales, personas que tienen turnos médicos ya agendados y personas que necesiten recibir atención médica de urgencia.

La práctica de actividades deportivas autorizadas podrá realizarse los días viernes y sábados de 8:00 a 20:00 horas. Se ordenará de acuerdo a la terminación de DNI de cada ciudadano y ciudadana: los terminados en 0, 2, 4, 6 y 8: lunes, miércoles y viernes, de 8:00 a 20:00 horas y los terminados en 1, 3, 5, 7 y 9: martes, jueves y sábados, de 8:00 a 20:00 horas.

Los domingos 18 y 25 de octubre sólo podrán realizarse salidas recreativas peatonales o en bicicleta en las modalidades ya previstas para los días domingo, y dentro de las “Burbujas Recreativas Barriales” de referencia de cada persona: por la mañana, prioridad para adultos mayores de 60 años, después de las 13:00 y hasta las 20:00 el resto de la población.

Actividades esenciales y autorizadas

Las actividades esenciales fueron ampliadas a 31 items. Entre ellos están supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías y veterinarias.

También están contempladas las vinculadas a provisión de garrafas, industrias que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios; personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

Es personal esencial el afectado a obra pública, actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales y actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

Asimismo, se incluye la recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias. Incluye servicio de plomeros, gasistas, y electricistas. También el transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP. Se mantiene el delivery-reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

Están incluidos los Servicios de lavandería; servicios postales y de distribución de paquetería; servicios esenciales de vigilancia, limpieza (incluye jardinería) y guardia; guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

También los vinculados a los servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades vinculadas autorizadas; hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria; operación de aeropuertos; operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas.

Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas solo con servicios de reparto domiciliario. La inscripción, identificación y documentación de personas; actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas; oficinas de rentas de las provincias y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas; establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género, atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo; Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo y ópticas, con sistema de turno previo.

Actividades autorizadas sin uso de transporte público ni vehículos a motor

En virtud de artículo 12º -DNU 792 / 20 se autorizaron las obras privada, obra privada de infraestructura energética, venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones, profesiones liberales, actividad notarial y personal de servicio doméstico en casas particulares

Las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera, curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola. La venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas no esenciales, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio.

En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público. Bares y restaurantes podrán funcionar únicamente mediante la modalidad take away y “delivery”. Talleres mecánicos, para atención exclusivamente de vehículos afectados a actividades esenciales. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.

Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para vehículos afectados a actividades esenciales.

Actividades Esenciales del Sector Público

Está contemplado el personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo. Las autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales y municipales. También los trabajadores y trabajadoras de los sectores público nacional, provincial y municipal convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

Se incluye al personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes; personal diplomático y consular extranjero; personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones, sin reunión de personas. Personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social-ANSES y personal docente y no docente de los establecimientos educativos que reanuden las clases presenciales o las actividades educativas no escolares presenciales.

Actividades Esenciales –Sociedad Civil

Incluye a las personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos; personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o adolescentes;  personas que deban atender una situación de fuerza mayor; circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual; circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden y traslado de niños, niñas y adolescentes.


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