Un año de prisión para joven que atacó a cadenazos a dos adolescentes
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Los jueces de la Cámara Primera del Crimen le impusieron un año de prisión en suspenso al autor de una violenta agresión contra dos menores de edad. Aquel ataque fue aprovechado por un cómplice para despojar de sus zapatillas a una de las víctimas. Tanto el imputado mayor como el menor de edad llegaron a juicio acusados por “robo con arma” pero el fiscal y los jueces encuadraron la conducta del mayor en la figura de “lesiones leves” y le atribuyeron la sustracción al adolescente que lo acompañaba. Y pese a que ejerció violencia sobre las víctimas, el despojo fue calificado como “hurto” y finalmente lo absolvieron. El hecho que el juez de instrucción y el fiscal Eduardo Fernández le atribuyeron a Fabián Maximiliano Millaqueo y al menor de edad que lo secundaba ocurrió en los primeros minutos de la madrugada del 7 de marzo de 2008 en la calle Elordi entre Fagnano y 25 de Mayo. Según la acusación, Millaqueo y su cómplice agredieron a dos chicos de 15 años con golpes de puño y con una cadena de eslabones gruesos de 90 centímetros de largo y un llavero en la punta, haciendo que uno de los chicos cayera al suelo. Esa circunstancia fue aprovechada para sustraerle las zapatillas a una de las víctimas, que además resultó con una herida cortante de un centímetro y un hematoma circundante en el parietal izquierdo. En tanto su amigo sufrió una excoriación lineal por acción de la cadena que le abarcó el cuello, las mejillas y parte de la espalda, entre otras lesiones. Al recalificar el hecho, los jueces decidieron que “cada uno de los imputados debe responder por su propio dolo” y entendieron que el accionar del menor de edad “no pasa de un simple desapoderamiento”. De esa manera encuadraron la conducta de Millaqueo en la figura de lesiones leves y la del adolescente en la de “hurto” simple, que al tener una pena máxima que no excede los dos años de prisión permite su absolución, según la ley del Régimen Penal de la Minoridad.
SAN CARLOS DE BARILOCHE (AB).- Los jueces de la Cámara Primera del Crimen le impusieron un año de prisión en suspenso al autor de una violenta agresión contra dos menores de edad. Aquel ataque fue aprovechado por un cómplice para despojar de sus zapatillas a una de las víctimas. Tanto el imputado mayor como el menor de edad llegaron a juicio acusados por “robo con arma” pero el fiscal y los jueces encuadraron la conducta del mayor en la figura de “lesiones leves” y le atribuyeron la sustracción al adolescente que lo acompañaba. Y pese a que ejerció violencia sobre las víctimas, el despojo fue calificado como “hurto” y finalmente lo absolvieron. El hecho que el juez de instrucción y el fiscal Eduardo Fernández le atribuyeron a Fabián Maximiliano Millaqueo y al menor de edad que lo secundaba ocurrió en los primeros minutos de la madrugada del 7 de marzo de 2008 en la calle Elordi entre Fagnano y 25 de Mayo. Según la acusación, Millaqueo y su cómplice agredieron a dos chicos de 15 años con golpes de puño y con una cadena de eslabones gruesos de 90 centímetros de largo y un llavero en la punta, haciendo que uno de los chicos cayera al suelo. Esa circunstancia fue aprovechada para sustraerle las zapatillas a una de las víctimas, que además resultó con una herida cortante de un centímetro y un hematoma circundante en el parietal izquierdo. En tanto su amigo sufrió una excoriación lineal por acción de la cadena que le abarcó el cuello, las mejillas y parte de la espalda, entre otras lesiones. Al recalificar el hecho, los jueces decidieron que “cada uno de los imputados debe responder por su propio dolo” y entendieron que el accionar del menor de edad “no pasa de un simple desapoderamiento”. De esa manera encuadraron la conducta de Millaqueo en la figura de lesiones leves y la del adolescente en la de “hurto” simple, que al tener una pena máxima que no excede los dos años de prisión permite su absolución, según la ley del Régimen Penal de la Minoridad.
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