El Procurador de Río Negro dictaminó a favor de cancelar el referéndum de Bariloche

Jorge Crespo sugirió al STJ que anule las resoluciones del intendente Walter Cortés por las que convocó a la consulta por considerar que no tienen sustento legal y porque es función del Deliberante.

El procurador de la provincia Jorge Crespo dio un guiño a los concejales de la oposición en el conflicto de poderes y solicitó al Superior Tribunal de Justicia que declare la nulidad de las tres resoluciones del intendente Walter Cortés por las que convoca al referéndum popular de Bariloche para el 9 de noviembre. Ahora debe resolver el máximo tribunal.

El dictamen 161 del procurador fue firmado este lunes y publicado por el Ministerio Público. En un escrito de 17 páginas, el funcionario repasa el conflicto desatado, los argumentos de los concejales y los fundamentos del Poder Ejecutivo, además de la normativa vigente, para dictaminar a favor de los demandantes.

Los concejales de la oposición Julieta Wallace (Incluyendo), Leandro Costa Brutten (incluyendo), Facundo Blanco Villalba (Primero Río Negro), Roxana Ferreyra (Nos Une) y Samantha Echenique (Cambia Río Negro) llegaron al STJ con un planteo contra el Ejecutivo municipal por la decisión del intendente, inconsulta con el cuerpo Deliberante, para convocar al referéndum con diez preguntas de distinta índole, la mayoría con proyectos en tratamiento en el Concejo.

Los concejales plantearon una intromisión del intendente en las funciones y atribuciones del Concejo Deliberante. Los abogados del Ejecutivo defendieron las resoluciones del intendente y su facultad para hacerlo.

El referéndum que impulsa el intendente tuvo días atrás el respaldo público del gobernador Alberto Weretilneck, quien dijo estar de acuerdo con la convocatoria a la consulta popular.

Sin embargo, en el ámbito judicial el procurador dictaminó que “este conflicto debe resolverse a favor del Concejo Deliberante, como único órgano facultado para identificar y decidir los asuntos que ameritan ser tratados mediante Referéndum Popular, asegurando así el correcto ejercicio de la democracia semidirecta y el respeto a los principios de legalidad y transparencia en la actuación de los órganos municipales”.

Consideró que el “STJ deberá declarar la nulidad de la Resoluciones 1453-I-2025, 1459-I-2025 y 1489-I-2025 del Departamento Ejecutivo Municipal, todas ellas por haber sido dictadas en exceso de sus respectivas competencias, invadiendo facultades propias del Concejo Deliberante del mismo municipio, conforme los fundamentos arriba expresados”. Si el STJ va en la misma línea se caería el referéndum.

Crespo analizó la Carta Orgánica Municipal y entendió que en sus artículos 163, 38 inciso 14 y concordantes “establece que corresponde al Concejo Deliberante la determinación de los casos en los que procede la realización de un Referéndum Popular” y que solo existe una excepción planteada en el artículo 162 que no se corresponde con el caso actual.

El Procurador indicó en sus fundamentos que la primera resolución de Cortés, por la cual convoca al referéndum y define las diez preguntas, se realizó “sin sustento legal alguno, lo que determina de por sí su invalidez por falta de competencia del órgano” y en consecuencia invalida las otras dos resoluciones que rectificar y reglamentan la primera.

Tomó como ejemplo la consulta popular realizada en Bariloche en 2009 por la instalación de un hipermercado que se convocó mediante ordenanza del Concejo Deliberante a instancias de una propuesta del Ejecutivo de turno; y también señaló que el procedimiento debía ser la declaración de una necesidad del referéndum por parte del Deliberante y posteriormente el Ejecutivo debería realizar la convocatoria al electorado.

Tras el dictamen del Procurador, el STJ ahora deberá analizar el caso y resolver la cuestión antes del 9 de noviembre, fecha en la que está convocado el referéndum popular.


El procurador de la provincia Jorge Crespo dio un guiño a los concejales de la oposición en el conflicto de poderes y solicitó al Superior Tribunal de Justicia que declare la nulidad de las tres resoluciones del intendente Walter Cortés por las que convoca al referéndum popular de Bariloche para el 9 de noviembre. Ahora debe resolver el máximo tribunal.

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