Techo Digno: formularon cargos contra un legislador y exintendente oficialista por un delito y desestimaron otro

La jueza solo hizo lugar a la formulación de cargos por fraude a la administración pública y no por peculado contra el exintendente de Río Colorado, Gustavo San Román, en la megacausa que se tramita en Río Negro.

Por Néstor Pérez

La jueza María Gadano dio por formulados los cargos contra el legislador de Juntos Somos Río Negro Gustavo San Román por fraude a la administración pública en la causa Techo Digno de Río Colorado. La magistrada, con esta decisión, abrió el periodo de investigación en el delito mencionado, pero desestimó el pedido de las fiscales por peculado.

En sus alegatos de la semana pasada, las representantes del Ministerio Público pusieron énfasis en las diferencias de los porcentajes entre los registros de financiación y ejecución de las obras en dos planes de viviendas, uno de 104 viviendas y otro de 80.

A San Román se le atribuye una diferencia entre el avance físico y financiero de obras públicas estimada entre un 1,33%, en el plan de las 104 viviendas, y un 7,47% en el plan de las 80 viviendas. Esos porcentajes, según la acusación, se pagaron de más al empresario constructor Longinos de Dios, que está también imputado aunque por prescripción médica no afrontó esta etapa del proceso.

Qué pasó con la acusación de peculado


En cuanto al peculado, San Román estaba acusado por cuestionamientos por la colocación de fondos en un plazo fijo en lugar de su aplicación directa en los trabajos del plan nacional Techo Digno.

La jueza, en este aspecto, entendió que los argumentos de la fiscalía no fueron claros; el peculado implica «sustraer» y estos fondos no salieron de la esfera del municipio.

Tras esta resolución, el Ministerio Público Fiscal, representado por Graciela Echegaray, Jéssica González y Mónica García, adelantó que solicitará la revisión de la decisión, y en el mismo marco planteó que este legajo sea tratado como asunto complejo, razón por la cual el plazo de investigación quedó establecido por un año a partir de hoy 25 de febrero.

Qué dijo la fiscalía en la formulación de cargos


Concretamente, la imputación que realizó la fiscalía fue sobre los planes que debían ejecutar 104 viviendas e infraestructura de la ciudad de Río Colorado, acuerdo que fue celebrado el 17 de julio de 2013, entre la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, representada por el Arquitecto Germán Ariel Nivello y el Municipio de Río Colorado, representado por el Intendente Municipal Carlos Alberto Pilloti, antecesor de Gustavo Modesto San Román.

“Es así que San Román tenía a su cargo el manejo, la administración y el cuidado de los fondos del Plan Techo Digno por disposición del ACU 1137/2013, desde su ingreso a las arcas municipales, conforme a la Carta Orgánica Municipal. En el período comprendido entre el diciembre de 2015 y abril de 2017, el San Román habría abonado a la Empresa constructora ECA SA., en concepto de Licitación Pública, la suma de $774.112,63 (efectivizado en abril de 2016), en razón de las 104 viviendas”, describió la fiscalía.

“Se le reprocha a San Román haber pagado en exceso al empresario De Dios, en relación a la mencionada licitación, provocando un beneficio patrimonial al empresario, que a raíz de ello percibió un lucro indebido. Y haber generado un perjuicio patrimonial al erario público municipal y a los intereses que le fueron confiados en razón de su cargo y de las obligaciones asumidas en el citado convenio y sus anexos”, agregó el Ministerio Público Fiscal.

En relación al ACU 803/2015 San Román al asumir el cargo de Intendente, según la acusación fiscal, contaba con la suma de $21.206.609,47 por dicho convenio como fondos pendientes de inversión respecto de la ejecución de las 80 viviendas e infraestructura. Por ello la fiscalía le imputó que “a pesar de las obligaciones asumidas como intendente, San Román no controló la ejecución del Convenio Particular, no designó inspector de obra para este plan, y no cumplió con la medición ni la certificación del avance físico de la obra. De este modo, a partir de junio de 2016 San Román siguió pagando a la empresa ECA S.A. a cuenta de futuras certificaciones, sin contar con la medición ni certificación de avance de obra”.

Los delitos cometidos tanto en el ACU 1137/2013 y ACU 803/2015 y por los cuales se tuvieron por formulados los cargos responden a la calificación de “defraudación a la administración pública” según los Artículos 130, 45, 174 inc 5 en función del Artículo 173 inc 3 del Código Penal.

Entre la prueba que señaló el Ministerio Público Fiscal para concretar esta formulación de cargos se encuentra: la intervención del Área de Contaduria Forense del Poder Judicial, informes técnicos contables, pericia caligráfica del calígrafo oficial del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, el informe suministrado por Nosis elevado por la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (Oitel) del Ministerieo Público, informe de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), allanamientos realizados por la fiscalía junto a personal policial en la Municipalidad de Rio Colorado, como también en la empresa ECA S.A.


La jueza María Gadano dio por formulados los cargos contra el legislador de Juntos Somos Río Negro Gustavo San Román por fraude a la administración pública en la causa Techo Digno de Río Colorado. La magistrada, con esta decisión, abrió el periodo de investigación en el delito mencionado, pero desestimó el pedido de las fiscales por peculado.

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