Especialista en desarrollo advierte: “Una inversión dentro del Súper RIGI podría no traer ningún dólar a la Argentina”
ENTREVISTA │ Guido Zack, doctor en análisis económico y miembro de Fundar, valora la promoción de inversiones en sectores estratégicos, pero señala a la vez las inconsistencias del proyecto enviado al Congreso por el gobierno nacional.
Guido Zack, doctor en análisis económico.
El Gobierno presentó en el Congreso un proyecto para atraer inversiones: la “Ley de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias”, más conocida como Súper RIGI.
Continuación del RIGI sancionado en 2024, su versión “súper” busca atraer capitales que financien “sectores estratégicos como la inteligencia artificial, los semiconductores, la biotecnología avanzada y la infraestructura digital”.
Es decir, rubros que en Argentina no existen o están en pañales. Para ello, ofrece una serie de beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios a quienes pongan un mínimo de mil millones de dólares en esos rubros.
Fundar – una organización dedicada al estudio, investigación y diseño de políticas públicas – analizó el proyecto. Este lunes, publicó sus conclusiones en un informe crítico titulado: “Necesitamos un régimen de incentivos, pero dar garantías no es lo mismo que dar concesiones ilimitadas”.
“Con el RIGI original, Argentina ya daba concesiones muy laxas, incluso mayores a las que los inversores exigían. El Super RIGI va aún más lejos: las concesiones son mayores y las exigencias, menores”, dijo a RÍO NEGRO Guido Zack, doctor en análisis económico y director del área de economía de Fundar. Zack hace un balance del primer RIGI, analiza su secuela “súper” y lanza una propuesta propia.
PREGUNTA: El gobierno presenta al RIGI original como un éxito. ¿Qué muestran los datos?
RESPUESTA: Si bien el Gobierno festeja con bombos y platillos cada anuncio de inversión, aún no ha sucedido demasiado. A través del RIGI se anunciaron 140.000 millones de dólares en inversiones, pero hasta ahora solo se concretaron efectivamente 762 millones, es decir, el 5% de lo anunciado. ¿Por qué? Primero, por el diseño mismo del régimen: el RIGI exige que en los primeros dos años se invierta el 40% del monto mínimo de ingreso – que es de 200 millones –, no el 40% de la inversión total. Si una empresa anuncia 1.000 millones, solo está obligada a invertir 80 millones en ese período, que es apenas el 8% del total. Muchas empresas entran al RIGI casi como un seguro de estabilidad tributaria y acceso preferencial al mercado de cambios o para importar con menores aranceles. El RIGI atrajo anuncios de inversiones, no las inversiones. Además, el 90% de la inversión se centra en hidrocarburos y minería, y muchos de esos proyectos ya estaban anunciados y eran rentables antes del régimen.
P: ¿En qué contexto económico se enmarca el Súper RIGI?
R: Desde Fundar reconocemos que Argentina necesita un régimen de incentivos. Tenemos una macroeconomía frágil, una historia de inestabilidad, incumplimiento de contratos, defaults, cepos y confiscaciones de depósitos. Cuando un gran inversor decide dónde invertir, cada país compite con otros, y Argentina necesita hacer algo que otros no: ofrecer reglas claras y estables. Para eso es necesario un régimen específico para grandes inversiones. Ahora, una cosa es dar garantías y otra es dar concesiones ilimitadas.
P: ¿A qué tipo de inversiones apunta el Súper RIGI?
R: Está muy orientado a la instalación de data centers, que son los centros de cómputo enormes que entrenan los modelos de inteligencia artificial. Son capital intensivo: necesitan mucho capital y poco trabajo, mucha energía y agua. Como generan mucho calor, requieren menos energía para enfriamiento en climas fríos. Argentina reúne condiciones muy atractivas para esto: clima frío en la Patagonia, conectividad submarina, energía renovable abundante y recursos minerales estratégicos. Ese es el punto que diferencia a Fundar del gobierno: el Súper RIGI ofrece condiciones muy generosas sin exigir nada a cambio.
Argentina reúne condiciones muy atractivas para el tipo de inversiones que busca promover el Súper RIGI. Ese es el punto polémico: el Súper RIGI ofrece condiciones muy generosas sin exigir nada a cambio.
P: ¿Cuáles son las concesiones tributarias del Super RIGI?
R: El impuesto a las ganancias en el régimen general es del 35%. En el RIGI baja al 25% y en el Súper RIGI al 15%. Para ponerlo en contexto: un asalariado que cobra 5 millones de pesos brutos paga el 35%, mientras que una empresa que invierte 1.000 millones y gana fortunas, pagaría menos de la mitad. Las retenciones a las exportaciones para el RIGI se eliminan a partir del tercer año; en el Súper RIGI, son cero desde el día uno. Los derechos de importación en el RIGI se eliminan para bienes de capital; en el Súper RIGI, para absolutamente todos los bienes vinculados al proyecto. Por otro lado, todos sabemos que en el mundo es muy difícil financiar el sistema previsional y en Argentina más, porque por suerte tenemos una cobertura muy amplia, pero lamentablemente no creamos trabajo formal hace muchos años. Las contribuciones patronales, que en el RIGI son iguales al sistema general, en el Súper RIGI bajan de un aproximado del 24% al 10%. Y para las provincias que adhieran, el tope de ingresos brutos es del 0,5%. Cualquier empresario pyme que esté leyendo se va a indignar, porque las alícuotas que paga son mucho más elevadas.
P: ¿Y en materia cambiaria?
R: En el RIGI, a las empresas se les quita la obligación de liquidar los dólares de exportación recién a partir del cuarto año. El Súper RIGI lo hace de forma progresiva y ya en el tercer año no tienen obligación de liquidar absolutamente nada. Lo más grave es que en el RIGI, quienes reciben capitales del exterior o toman deuda afuera siguen obligados a liquidar esos dólares en el Banco Central. En el Súper RIGI la obligación se elimina desde el día uno. Esto significa que un emprendimiento adherido al Súper RIGI no solo va a pagar menos impuestos, sino que podría no traer absolutamente ningún dólar a la Argentina. Todo esto se garantiza por 30 años, un tiempo muy largo.
P: ¿Qué pasa con los proveedores locales?
R: El RIGI ya era bastante laxo: exigía un mínimo del 20% de contratación local en bienes y obras, tanto en construcción como en operación. Ese umbral era fácil de cumplir con la obra civil porque no queda otra opción que hacerlo localmente. El Súper RIGI elimina directamente esa exigencia e incluye un artículo que prohíbe al Estado obligar al inversor a comprar insumos nacionales si existe una alternativa importada más barata. Los regímenes bien diseñados suelen dar preferencias decrecientes en el tiempo: el primer año se tolera que el proveedor local cobre hasta un 20% más caro, el segundo año hasta un 10%, y luego igualdad de condiciones. Eso le da tiempo al proveedor local para adaptarse y alcanzar estándares internacionales, e incluso llegar a exportar. Aquí no hay nada de eso.
Los regímenes bien diseñados suelen dar preferencias decrecientes en el tiempo: el primer año se tolera que el proveedor local cobre hasta un 20% más caro, el segundo año hasta un 10%, y luego igualdad de condiciones.
P: ¿Cómo manejan este tema otros países de la región?
R: Nuestros vecinos han respetado los contratos y no tienen experiencias recientes de cepo cambiario o default. Pero igual es muy distinto: el plan de data centers de Chile exige que parte de la capacidad de cómputo quede reservada para universidades, centros de investigación y startups nacionales, y establece exigencias de sostenibilidad hídrica y energética. Brasil tiene el programa Redata, que condiciona los beneficios fiscales a que los data centers se abastezcan 100% con energía renovable, que el 10% de la capacidad de procesamiento quede para el mercado local y que el 2% de la inversión se destine a proyectos de I+D con universidades brasileñas. Los beneficios duran 5 años, mucho menos que los 30 del Súper RIGI.
P: ¿Qué propone Fundar como alternativa?
R: Queremos atar cada beneficio a un objetivo verificable. Algunos ejemplos concretos: la alícuota de ganancias podría mantenerse en el 25% del RIGI, pero solo si cumplen con las metas de integración productiva con proveedores locales. Quien no las cumple vuelve al 35% del régimen general. La reducción de retenciones puede condicionarse a metas de exportación y debería generarse un plan obligatorio de desarrollo de proveedores. La estabilidad regulatoria de 30 años es excesiva. Proponemos un período de 10 años, renovable por períodos equivalentes con un máximo de 15, y sujeto a evaluación conjunta. En materia de arbitraje internacional, el Súper RIGI permite al inversor ir directamente al CIADI sin pasar por los tribunales locales, lo cual está desaconsejado por el propio CIADI. Proponemos que el paso por instancias locales sea condición previa.
P:¿Cuál es el riesgo mayor si el Súper RIGI avanza ?
R: El riesgo es consolidar una economía a dos velocidades. Un sector muy pequeño, que no genera empleo, no genera recursos tributarios y no genera divisas, crece en términos de anuncios pero no le deja nada a la economía real: ni trabajo, ni recaudación para financiar el gasto público, ni dólares para pagar la deuda externa. Y en definitiva, ¿para qué queremos todo eso si no va a derramar en el bienestar de la población argentina?
Perfil
Guido Zack es doctor en análisis económico y magister en análisis económico aplicado por las universidades de Alcalá y Complutense de Madrid, magister en finanzas por la Universidad de Alcalá y licenciado en economía por la UBA.
Es profesor de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM), en donde coordina el Centro de Investigaciones Macroeconómicas para el Desarrollo (CIMaD) de la Escuela de Economía y Negocios (EEyN).
Es también profesor invitado en la Universita di Bologna, Universidad de Alcalá y Universidad de la República.
El Gobierno presentó en el Congreso un proyecto para atraer inversiones: la “Ley de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias”, más conocida como Súper RIGI.
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