Bariloche ratificó el carácter inalienable de las tierras del cerro Catedral
El Concejo Municipal aprobó por unanimidad una ordenanza que convalida una disposición de la Carta Orgánica. Establece la prohibición de vender, ceder o transferir la superficie.
La votación de la ordenanza que ratifica una disposición transitoria de la Carta Orgánica por el cerro catedral se votó este martes por la tarde.
El Concejo Municipal aprobó por unanimidad una ordenanza que ratifica el carácter inalienable de las 1920 hectáreas de tierras públicas del cerro Catedral que forman parte de la concesión del centro invernal y prohíbe la venta, cesión, permuta o transferencia del predio.
La ordenanza no hace más que convalida una disposición complementaria que está incluida en la Carta Orgánica Municipal desde 2007, pero además ordena al Ejecutivo a que realice el trámite administrativo correspondiente para la inscripción en el registro de la propiedad inmueble de las tierras de la concesión a nombre del municipio.
El proyecto que impulsó el concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche) no tuvo discusión, incluso el propio autor sin refutar ni cuestionar los argumentos, dio lugar a retirar el artículo 4 de la iniciativa ante las dudas planteadas por el presidente del cuerpo Gerardo Del Río (PUL). Ese punto establecía la suspensión de “toda tramitación administrativa, aprobación, autorización o acto relativo a cambios de uso, zonificación, subdivisión, urbanización o modificación de parámetros urbanísticos”.
El artículo que fue retirado apuntaba directamente al proyecto que está en análisis para modificar los parámetros urbanísticos del cerro, que ya cumplió el trámite administrativo correspondiente al Rango I y resta que el Ejecutivo lo remita al Concejo para su tratamiento.
Del Río advirtió que ese artículo podría generar un “perjuicio” a futuro al municipio porque contradice cuestiones incluidas en el contrato de concesión del cerro Catedral. Costa Brutten ofreció quitar el artículo “si ven que puede traer inconvenientes” e insistió que su objetivo era “generar una herramienta al Ejecutivo para defender” el cerro.
La ordenanza indica expresamente que las 1920 hectáreas de Catedral “no podrán ser vendidas, cedidas, permutadas, transferidas ni objeto de disposición que implique pérdida de dominio o afectación permanente o transitoria del patrimonio municipal”.
En este artículo se quitó la última parte del texto que rezaba que no podrían destinarse a “desarrollos inmobiliarios que alteren su función pública, ambiental o social”.
Se incluyó además una declaración de “ interés social, ambiental, paisajístico, turístico, recreativo e hídrico la preservación de las tierras públicas” del área concesionada por su “carácter estratégico para la comunidad”.
Todos los bloques acompañaron, con la ausencia de los concejales Juan Pablo Ferrari (JSRN) y Samantha Echenique (Cambia).
El Concejo Municipal aprobó por unanimidad una ordenanza que ratifica el carácter inalienable de las 1920 hectáreas de tierras públicas del cerro Catedral que forman parte de la concesión del centro invernal y prohíbe la venta, cesión, permuta o transferencia del predio.
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