Un crimen, uno más

Redacción

Por Redacción

Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice”. Eso dice el artículo 18 de la Constitución nacional aprobada hace 159 años. A ningún convencional constituyente se le ocurrió entonces hacer alguna referencia explícita a que estaba prohibido matar a los presos que denunciaban abusos de las autoridades carcelarias. Era impensable, ya en aquellos años, que eso pudiera suceder. Pero sucedió. La víctima fue Cristian Ibazeta, un preso que había denunciado abusos de las autoridades carcelarias. Pasó un siglo desde la sanción de la carta magna nacional hasta que Neuquén, convertida en provincia, aprobó la suya. Fue en 1957. El artículo 40 decía inicialmente, más o menos, lo mismo que el 18 de la Constitución nacional. Pero añadía que si se producía algún abuso eso sería “causa de inmediata destitución de los funcionarios y empleados que la ordenen, apliquen, instiguen o consientan, sin perjuicio de las responsabilidades penales en que incurran…”. Subrayar no está de más: “o consientan”. El 39 castigaba “a los que torturen, vejen o maltraten a detenidos, (que) serán penados con el máximo rigor de la ley, lo mismo que los que ordenen, consientan o instiguen estos crímenes de lesa humanidad…”. Con la reforma del 2006, cuando todavía Carlos Fuentealba vivía, a instancias del gobierno que encabezaba Jorge Sobisch, se reprodujeron en otras palabras esas normas en los artículos 70 a 73. De paso, los convencionales le dieron a la de 1957 la legitimidad que no tenía, ya que el peronismo, partido mayoritario, revistaba entonces en las filas de la proscripción. Fueron aquéllos los tiempos en que, para ocupar el lugar que había dejado vacante la prohibición eterna –eso parecía– de aquel partido, nació el neoperonismo, que todavía sobrevive en Neuquén. El caso es que la Constitución, llamada también ley fundamental, quedó hecha una pinturita con la reforma. Tanto como para que cualquier neuquino pudiera pasearse por el mundo exhibiendo a su provincia como un paraíso de los derechos humanos, políticos, sociales, culturales y cualesquiera otros. Muy atrás, y para el olvido, habían quedado los tiempos en que unos presos privados de cualquier reeducación porque no había constitución ni ley que lo ordenara, se habían escapado y fueron, ocho de ellos, capturados y debidamente fusilados. Eso fue el 31 de mayo de 1916, y el que dijo “preparen, apunten, fuego” fue el comisario Adalberto Staub, quien con el invierno encima había recorrido más de 300 kilómetros –hasta un desolado paraje llamado Zainuco, donde los presos se habían rendido– y estaba de muy mal humor. De modo que mandó cavar una fosa y arrojó allí los cuerpos muertos. (Después, fíjense qué coincidencia, Franco hizo lo mismo en España). Hoy la escuela de cadetes de la Policía provincial, recordando aquella gesta, se llama, desde que fue creada y como reivindicación del olvido –y del fusilamiento al rebelde– Adalberto Staub. Quien la bautizó con ese glorioso nombre fue el interventor en el gobierno neuquino, vicecomodoro Olano, designado por la dictadura cívico-militar que reemplazó al gobierno de Arturo Frondizi, el primer beneficiario electoral de la proscripción del peronismo. La exrectora de la Universidad del Comahue, vicegobernadora, Ana Pechen, discurseó hace un tiempo en la escuela Staub. Se pronunció a favor de contar con “una fuerza pública y una justicia prestigiadas”. El asesinato de Ibazeta es una evidencia flagrante de que no ha sido escuchada. El gobernador Sapag debió ser el primero en escuchar. Pero no. Ha respondido con el silencio al asesinato de Ibazeta, lo que implica un respaldo a la sentencia del ministro Gabriel Gastaminza, quien absolvió a la policía carcelaria de cualquier responsabilidad en el crimen. Según él, los autores fueron otros presos, y se acabó. No obstante, el gobernador debe hablar. En estos días en que ha definido como “muy grave” que un expolicía condenado a prisión perpetua pueda gozar de salidas recreativas gracias a la solidaridad de sus custodios, podrá recordar que la carta neuquina, en el artículo 214, inciso 17, le asigna el deber de “ejercer el poder de policía de la provincia”. Y la ley 2081, orgánica de la Policía provincial, dice en el artículo 23 que “la Policía de la provincia depende del gobernador”. O sea que el gobernador no puede desentenderse de lo que la Policía hace o deja de hacer. Al parecer, el gobierno provincial no es del todo consciente de sus responsabilidades. No basta con el “yo no fui” de Gastaminza, porque si, como él lo ha asegurado, el crimen fue el producto de un enfrentamiento entre los presos –de lo que nos permitimos dudar– la autoridad sigue siendo responsable, porque los habitantes de las cárceles, y comisarías, de la provincia están a su cuidado. Y el funcionario que no cuida a la gente de la provincia –los presos en primer lugar, que no pueden cuidarse a sí mismos como quienes viven en libertad– puede estar incumpliendo con sus deberes. Siendo así, comete el delito de violación de los deberes del funcionario público (Código Penal, artículo 248). Y ya que estamos con el tema de la responsabilidad, es preciso preguntarse si también el Tribunal Superior de Justicia tiene alguna. Este diario publicó, el 12 de noviembre del 2011, un informe titulado “el TSJ alerta sobre el pésimo estado de las cárceles”. Y más abajo: “Faltan comida y elementos de higiene, hay riesgo de electrocución y roedores”. Los magistrados estuvieron allí y le dijeron al Ejecutivo provincial que “en forma urgente” adopte “las medidas necesarias para establecer una política que garantice la vigencia de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad”. Por supuesto, el tribunal sabe que el más importante derecho humano es el derecho a la vida. Vendría bien, por lo tanto, que se diese otra vueltita por la cárcel para ganarse la confianza de los presos y lograr así enterarse de lo que pasó. Que a uno lo tengan preso en medio de la mugre, con comida insuficiente y conviviendo con las ratas debe ser motivo de preocupación de la magistratura. Pero, obviamente, es mucho peor que lo maten.

Jorge Gadano jagadano@yahoo.com.ar


Las cárceles de la Nación serán sanas y limpias, para seguridad y no para castigo de los reos detenidos en ellas, y toda medida que a pretexto de precaución conduzca a mortificarlos más allá de lo que aquélla exija, hará responsable al juez que la autorice”. Eso dice el artículo 18 de la Constitución nacional aprobada hace 159 años. A ningún convencional constituyente se le ocurrió entonces hacer alguna referencia explícita a que estaba prohibido matar a los presos que denunciaban abusos de las autoridades carcelarias. Era impensable, ya en aquellos años, que eso pudiera suceder. Pero sucedió. La víctima fue Cristian Ibazeta, un preso que había denunciado abusos de las autoridades carcelarias. Pasó un siglo desde la sanción de la carta magna nacional hasta que Neuquén, convertida en provincia, aprobó la suya. Fue en 1957. El artículo 40 decía inicialmente, más o menos, lo mismo que el 18 de la Constitución nacional. Pero añadía que si se producía algún abuso eso sería “causa de inmediata destitución de los funcionarios y empleados que la ordenen, apliquen, instiguen o consientan, sin perjuicio de las responsabilidades penales en que incurran...”. Subrayar no está de más: “o consientan”. El 39 castigaba “a los que torturen, vejen o maltraten a detenidos, (que) serán penados con el máximo rigor de la ley, lo mismo que los que ordenen, consientan o instiguen estos crímenes de lesa humanidad...”. Con la reforma del 2006, cuando todavía Carlos Fuentealba vivía, a instancias del gobierno que encabezaba Jorge Sobisch, se reprodujeron en otras palabras esas normas en los artículos 70 a 73. De paso, los convencionales le dieron a la de 1957 la legitimidad que no tenía, ya que el peronismo, partido mayoritario, revistaba entonces en las filas de la proscripción. Fueron aquéllos los tiempos en que, para ocupar el lugar que había dejado vacante la prohibición eterna –eso parecía– de aquel partido, nació el neoperonismo, que todavía sobrevive en Neuquén. El caso es que la Constitución, llamada también ley fundamental, quedó hecha una pinturita con la reforma. Tanto como para que cualquier neuquino pudiera pasearse por el mundo exhibiendo a su provincia como un paraíso de los derechos humanos, políticos, sociales, culturales y cualesquiera otros. Muy atrás, y para el olvido, habían quedado los tiempos en que unos presos privados de cualquier reeducación porque no había constitución ni ley que lo ordenara, se habían escapado y fueron, ocho de ellos, capturados y debidamente fusilados. Eso fue el 31 de mayo de 1916, y el que dijo “preparen, apunten, fuego” fue el comisario Adalberto Staub, quien con el invierno encima había recorrido más de 300 kilómetros –hasta un desolado paraje llamado Zainuco, donde los presos se habían rendido– y estaba de muy mal humor. De modo que mandó cavar una fosa y arrojó allí los cuerpos muertos. (Después, fíjense qué coincidencia, Franco hizo lo mismo en España). Hoy la escuela de cadetes de la Policía provincial, recordando aquella gesta, se llama, desde que fue creada y como reivindicación del olvido –y del fusilamiento al rebelde– Adalberto Staub. Quien la bautizó con ese glorioso nombre fue el interventor en el gobierno neuquino, vicecomodoro Olano, designado por la dictadura cívico-militar que reemplazó al gobierno de Arturo Frondizi, el primer beneficiario electoral de la proscripción del peronismo. La exrectora de la Universidad del Comahue, vicegobernadora, Ana Pechen, discurseó hace un tiempo en la escuela Staub. Se pronunció a favor de contar con “una fuerza pública y una justicia prestigiadas”. El asesinato de Ibazeta es una evidencia flagrante de que no ha sido escuchada. El gobernador Sapag debió ser el primero en escuchar. Pero no. Ha respondido con el silencio al asesinato de Ibazeta, lo que implica un respaldo a la sentencia del ministro Gabriel Gastaminza, quien absolvió a la policía carcelaria de cualquier responsabilidad en el crimen. Según él, los autores fueron otros presos, y se acabó. No obstante, el gobernador debe hablar. En estos días en que ha definido como “muy grave” que un expolicía condenado a prisión perpetua pueda gozar de salidas recreativas gracias a la solidaridad de sus custodios, podrá recordar que la carta neuquina, en el artículo 214, inciso 17, le asigna el deber de “ejercer el poder de policía de la provincia”. Y la ley 2081, orgánica de la Policía provincial, dice en el artículo 23 que “la Policía de la provincia depende del gobernador”. O sea que el gobernador no puede desentenderse de lo que la Policía hace o deja de hacer. Al parecer, el gobierno provincial no es del todo consciente de sus responsabilidades. No basta con el “yo no fui” de Gastaminza, porque si, como él lo ha asegurado, el crimen fue el producto de un enfrentamiento entre los presos –de lo que nos permitimos dudar– la autoridad sigue siendo responsable, porque los habitantes de las cárceles, y comisarías, de la provincia están a su cuidado. Y el funcionario que no cuida a la gente de la provincia –los presos en primer lugar, que no pueden cuidarse a sí mismos como quienes viven en libertad– puede estar incumpliendo con sus deberes. Siendo así, comete el delito de violación de los deberes del funcionario público (Código Penal, artículo 248). Y ya que estamos con el tema de la responsabilidad, es preciso preguntarse si también el Tribunal Superior de Justicia tiene alguna. Este diario publicó, el 12 de noviembre del 2011, un informe titulado “el TSJ alerta sobre el pésimo estado de las cárceles”. Y más abajo: “Faltan comida y elementos de higiene, hay riesgo de electrocución y roedores”. Los magistrados estuvieron allí y le dijeron al Ejecutivo provincial que “en forma urgente” adopte “las medidas necesarias para establecer una política que garantice la vigencia de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad”. Por supuesto, el tribunal sabe que el más importante derecho humano es el derecho a la vida. Vendría bien, por lo tanto, que se diese otra vueltita por la cárcel para ganarse la confianza de los presos y lograr así enterarse de lo que pasó. Que a uno lo tengan preso en medio de la mugre, con comida insuficiente y conviviendo con las ratas debe ser motivo de preocupación de la magistratura. Pero, obviamente, es mucho peor que lo maten.

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