Requisas íntimas: ratifican que son ilegales

Lo cierto es que el acto consistente en obligar a bajarse los pantalones, la ropa interior y sacarse las toalla higiénica o tampón, resultó un acto violento

Redacción

Por Redacción

NEUQUÉN (AN).- La jueza de Garantías Ana Malvido hizo lugar al recurso de amparo presentado por tres presos de la Unidad 11 y declaró abusivas e ilegales las requisas vaginales a las que fueron sometidas algunas mujeres que fueron a visitar a sus esposos a esa cárcel. La magistrada además dispuso que se haga saber al jefe de la policía, Raúl Liria, “que deberá instruir a todas las dependencias en las que se encuentran alojadas personas detenidas que reciban visitas, que se encuentra vigente la prohibición de efectuar requisas vaginales”. La resolución de la jueza Malvido se da luego que se denunciara que en forma discriminatoria en la cárcel de la meseta algunas mujeres eran obligadas a desvestirse y exhibir su zona genital antes de ingresar con el resto de los visitantes. Las denuncias llevaron a que se tratara esta semana un recurso de amparo en el que intervino la Fiscalía de Estado en representación de la policía y a quien la jueza impuso ayer el pago de las costas. El impulsor del amparo, el abogado Gustavo Olivera, había solicitado además que se cumpla con una vieja orden de la ex Cámara Criminal II, que ordenaba la colocación de scaners. En tanto que también solicitó el montaje de cámaras en la zona de revisación a los efectos de que queden registros de la forma en la que se realizan las mismas. Es que en la audiencia dos mujeres contaron que les habían ordenado bajarse los pantalones, las bombachas e incluso cambiarse las toallitas o tampones que llevaban. El jefe de esa cárcel, el comisario Néstor Ibáñez, negó lo ocurrido y explicó que en la zona no hay cámaras para “resguardar la intimidad de las visitas”, las cuales sin embargo sólo deben ser palpadas, indicó. Si bien la jueza dejó en manos de la fiscalía la decisión de iniciar o no una causa penal para investigar lo sucedido, remarcó que “tales prácticas resultan violatorias a la dignidad de las personas y que de manera alguna resultaron una razonable medida de prevención”. En tanto que indicó en su fallo que “las revisiones corporales también resultaron actos de violencia contra la mujer, y consecuentemente violentaron las disposiciones contenidas en la Convención Interamericana para Prevenir y Erradicar la Violencia contra la Mujer”. La jueza recordó que las normas prevén excepcionalmente ese tipo de requisas pero cuando sean autorizadas por orden judicial y realizadas por profesionales de la salud. Los hechos denunciados ocurrieron entre el mes pasado y el sábado y una de las mujeres que declaró lo que le sucedió contó además que cursa el octavo mes de embarazo.

En la Unidad 11

aNA mALVIDO Jueza de Garantías


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