Absuelven a un policía acusado por vejaciones

Por falta de pruebas la Cámara Criminal lo resolvió. Señalaron que el testimonio de la víctima de 13 años tuvo inconsistencias.

Redacción

Por Redacción

JUSTICIA

Los jueces de la Cámara Criminal Segunda, César Lanfranchi, Gregor Joos y Héctor Leguizamón Pondal, absolvieron por falta de pruebas al sargento de la Policía de Río Negro Juan Carlos Arriola, quien había sido acusado como presunto autor del delito de vejaciones en contra de un chico de 13 años.

Los jueces advirtieron falencias en la etapa de instrucción, que determinaron la falta de pruebas. Además, señalaron que el testimonio del chico tuvo inconsistencias.

“Para arribar a la certeza que requiere una condena, este testimonio único debe ser absolutamente coherente y corroborado por prueba objetiva e indpendiente, que no la hay”, afirmó en su voto Leguizamón Pondal al que Lanfranchi y Joos adhirieron.

El hecho que se le había atribuído al sargento ocurrió el 1 de noviembre de 2010, alrededor de las 12.30. Según la acusación fiscal, el chico caminaba junto a un amigo por la calle Diagonal Capraro, casi Otto Goedecke, cuando fueron interceptados por un móvil policial del que bajaron dos efectivos y sin mediar palabra los subieron al rodado, siendo luego agredidos mediante golpes de puño por Arriola. El chico entonces tenía 13 años.

La acusación fiscal señalaba que Arriola le había manifestado al chico: “Ya te voy a agarrar, te voy a cagar a trompadas si contás algo de esto, te van a encontrar muerto en el medio del lago”.

Luego, en el debate se conoció que los policías llegaron al lugar convocados por el dueño de un restorán que denunció que los chicos habían ingresado al local y molestaban a clientes. En otro comercio intimidaron a una empleada.

El fiscal de Cámara Martín Lozada había pedido al tribunal que le impongan un año y seis meses de prisión de ejecución condicional y el doble de tiempo de inhabilitación para desempeñarse como policía. Lozada fue el juez a cargo de la instrucción de la causa.

La abogada por la querella Marina Schifrin, en su carácter de apoderada de la madre del chico, había pedido 6 años de prisión efectiva y el doble de inhabilitación. Mientras que el abogado Mario Altuna había planteado la absolución por serias falencias en la acusación.

“A esta orfandad probatoria, le sumamos la falta de correspondencia entre el hecho acusado y lo declarado por el menor, pese a que esta declaración es la base de aquel”, indicaron los jueces en la sentencia que se leyó ayer.

“Incoherencias advertidas por el entonces juez de Instrucción (por Lozada), y no corregidas, que sin dudarlo afectan el principio de congruencia”, afirmaron.

Altuna es abogado de la Policía y firme candidato para ganar el concurso para cubrir una Fiscalía de Cámara.

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