Ambiente desmintió persecución laboral contra un guarda ambiental

El subsecretario del organismo dio a conocer la versión oficial. La denuncia había sido formulada por UPCN.

Desde la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SYDS) de la provincia desmintieron la denuncia de persecución laboral y sindical contra Marcos Luna, tal como se informó ayer desde UPCN.

El subsecretario del organismo, Guillermo Ceballos; justificó la decisión del cambio de funciones del agente en “un aparente caso de abuso sexual” que tiene a Luna como presunto autor y que es investigada por la Justicia.

El funcionario también señalo que se le informó al empleado que sería “reubicado y se modificarían sus funciones, todo conforme lo establece el estatuto del empleado público, y teniendo en consideración que el agente posee situación de revista dentro del escalafón de servicio de apoyo de la Secretaría General, de la cual depende la SAYDS”.

El texto completo de la explicación oficial es el siguiente:

A mediados del mes de enero somos anoticiados de que el entonces guarda ambiental Marcos Luna se habría visto involucrado en un aparente caso de abuso sexual, donde la víctima y luego denunciante era una pasante de la UNRN y colaboradora desde hace tiempo de la Fundación Félix de Azara que se encontraba trabajando en el centro de interpretación.

A dicho evento se sucedieron algunos cruces que involucraron amenazas y supuestos hechos de violencia por parte del guarda ambiental, los cuales fueron denunciados ante la fiscalía de turno por la víctima.

Ante la gravedad de dicho anoticiamiento se decidió el inmediato apartamiento del agente Luna y su retiro del área, suspendiéndolo preventivamente con goce de haberes e iniciándose el sumario disciplinario correspondiente.

En el mes de mayo del corriente la junta de disciplina informa la suspensión del sumario disciplinario a las resultas de los avances de la causa penal, que se encuentra a la fecha en estado de investigación. En función de ello, se requirió a la SAYDS se disponga el reintegro de Luna en funciones, razón por la cual se lo envió nuevamente a cubrir un régimen de quincena en Punta Bermeja, lo que generó situaciones de incomodidad con algunos compañeros de trabajo y otros colaboradores del centro de interpretación.

Cabe tener presente que los guardas ambientales que utilizan las viviendas oficiales existentes en las ANP cumplen régimen de quincenas, muchas veces mixto, y que pese a que no existe condena en la causa penal por presunto abuso sexual, la mera circunstancia del antecedente de denuncia motiva que deba tratarse con cautela y que se analice la modificación de su forma de trabajo.

Con estos antecedentes, al finalizar su quincena en el ANP se le comunicó a Luna que sería reubicado y se modificarían sus funciones, todo conforme lo establece el estatuto del empleado público, y teniendo en consideración que el agente posee situación de revista dentro del escalafón de servicio de apoyo de la Secretaría General, de la cual depende la SAYDS.

Tal circunstancia le fue comunicada por escrito a Luna, informándole que debía presentarse ante Recursos Humanos de la Secretaría General para que se le informen sus nuevas funciones. Esto no le trae aparejado perjuicio económico alguno ni alteración en la carrera administrativa.

Luego de notificado de la modificación de servicios, Luna responde por escrito informando que era candidato a delegado suplente en la lista de la UPCN, próxima a las elecciones del 31/05.

A ello la SAYDS respondió que con anterioridad a dicha nota jamás el agente se había manifestado como delegado sindical, ni mucho menos había cumplido con la notificación obligatoria al empleador para poseer la tutela sindical, conforme Art. 49 de la Ley 23.551. Por ello, se rechazó cualquier supuesto de comportamiento antisindical, reafirmándose el cambio de tareas dispuesto antes de la notificación de tal circunstancia.

Luego de manifestada esta postura, el gremio UPCN se hizo presente en las oficinas de la SAYDS en defensa del delegado sindical, reclamando por el regreso a sus funciones de siempre, y ahora manifestándose públicamente por supuestos “aprietes” al empleado, los cuales en rigor a la verdad no han existido.

Queda entonces debidamente claro que no ha existido un comportamiento antisindical como expone el gremio: los funcionarios de la SAYDS y de la Secretaría General nunca tomaron conocimiento del carácter de postulante a delegado sindical suplente de Luna por no habérseles notificado jamás con anterioridad a disponer la modificación de sus funciones, conforme exige la ley que los mismos pretenden invocar en su protección; es más, el agente en cuestión ni siquiera ejecutó con anterioridad actividad sindical de hecho, y la primera vez que lo hace resulta ser en su propio beneficio.

Subsecretario de Ambiente Guillermo Ceballos


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