Amplían el mandato de los directores del ENIM en Cutral Co
La modificación a dos artículos de la ordenanza que regula el funcionamiento del ente intermunicipal tuvo tratamiento en el cuerpo de concejales.
El mandato de los directores y síndicos del ente autárquico intermunicipal, ENIM que administra los fondos obtenidos por la explotación del yacimiento gasífero El Mangrullo fue ampliado de dos a cuatro años. Así lo propuso el Ejecutivo municipal y contó con el respaldo por unanimidad del Concejo Deliberante. Los dos artículos de la ordenanza modificada son los relacionados a la duración del mandato de los dos directores que representan a Cutral Co.
La iniciativa de modificar los artículos 8º y 9º de la ordenanza Nº 2357 de 2012 fue enviada por el intendente José Rioseco para que los ediles la traten y la autoricen. El cambio radica en el plazo del mandato de los dos directores que representan a Cutral Co -los otros dos representan a Plaza Huincul porque el organismo es intermunicipal-.
Al respecto, se modificó de dos a cuatro años la duración del mandato de cada director. Se especificó que los integrantes tendrán que ser nominados, previo concurso con seis postulantes que serán propuestos a consideración del Concejo Deliberante. Será luego el cuerpo de ediles, el encargado de designar a dos titulares y dos suplentes, por la mayoría especial de votos.
En este caso, el Ejecutivo no debería tener obstáculos para que se designen los postulantes que propone, teniendo en cuenta que tiene mayoría propia dentro del legislativo. En esa lista de aspirantes, al menos uno deberá contar con un título de grado otorgado por una universidad argentina y encontrarse legalmente habilitado para ejercer la profesión en la provincia de Neuquén.
Estarán en el cargo «cuatro años pudiendo ser reelectos por un solo período más», según se aprobó . En la misma norma se fijó que la presidencia ejecutiva del directorio (integrado por dos miembros en representación de Cutral Co y dos en representación de Plaza Huincul) se ejercerá en forma anual y rotativa, una vez para cada municipio.
En cuanto al sueldo del director ejecutivo se fijó que «no podrá superar la escala establecida para el intendente municipal que tenga la mejor remuneración». Los demás miembros percibirán un monto que no superará el 85 % de lo fijado para el director ejecutivo.
Por otra parte, el Ejecutivo tendrá «plena facultad para la remoción de los directores», y se podrá hacer con el voto por mayoría simple del Deliberante. Para el caso de los síndicos (uno titular y un suplente) también tendrán un mandato establecido de cuatro años.
Entre los fundamentos aprobados para la modificación de los dos artículos, se detalló que el ente ENIM está constituido por directores nombrados por las dos ciudades, y en tal sentido «resulta innegable que acompañe el ENIM a plazos de duración de mandatos a los intendentes para garantizar la reestructuración y mandatos de directores y síndicos».
Recordaron que si bien el organismo es «autárquico, no encierra la noción de independencia absoluta del poder de administración que le dio origen». Al respecto, se describió que «el vínculo de subordinación se mantiene porque son una de las fórmulas de designación». En consecuencia, están obligados a respetar los lineamientos que rigen la administración.
Se especificó que «se impone la necesidad de brindarle la potestad de la impronta política que están imbuidos los eventuales directores» y que «las personas de su confianza que designen cargos jerárquicos, inicien sus mandatos con el ejecutivo y termine con éste». Para armonizar los mandatos vigentes es que quienes sean designados ahora continuarán hasta el final del mandato del actual intendente.
«A partir de la próxima elección cada mandato será por cuatro años de máximo, garantizando así al Ejecutivo municipal la posibilidad de articular políticas y desarrollo de mediano y largo plazo», se especificó.