Banco deberá resarcir a clienta viedmense por débitos no autorizados

Así lo definió la Justicia por los débitos automáticos del SURA que no había contratado. 

La Jueza de Paz de Viedma, Elsa Sartor, ordenó al Banco Patagonia S.A a resarcir a una clienta por débitos automáticos de la empresa aseguradora SURA S.A que no había contratado.

Además ordenó el cese de los descuentos indebidos de la caja de ahorro de la denunciante por parte de la entidad crediticia.

La suma de dinero corresponde a 691,15 pesos por daño directo. Pero en concepto de daño moral son unos 2.000 pesos y 4.000 por daño punitivo.

La clienta del banco se presentó en el Juzgado con su patrocinante e interpuso una demanda de menor cuantía contra el Banco Patagonia S.A. por los débitos realizados en su caja de ahorro (cuenta sueldo) de esa entidad bancaria bajo el concepto de servicios de seguro. Adujo que nunca los había contratado.

La jueza de Paz afirmó: “corresponde hacer lugar a la demanda, ya que a raíz de la vulneración de sus derechos como consumidor y el consecuente perjuicio económico causado por los descuentos indebidos en su cuenta bancaria, tuvo la necesidad de iniciar este proceso judicial para ver satisfecho su reclamo”.

Explicó la funcionaria judicial respecto al proceso, que “el Superior Tribunal de Justicia, al determinar el alcance del beneficio de justicia gratuita, alegando que ´la Ley de Defensa del Consumidor, que en caso de duda sobre la interpretación de los principios que establece la ley, deberá prevalecer la más favorable al consumidor´, (…). De modo que obstáculos de índole económica no comprometan el acceso a justicia y, en consecuencia, prive a los consumidores de la efectiva tutela de los derechos consagrados en el texto constitucional”.


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