De las multas por obstrucción temporal de las sendas de paso de peatones
Una multa que deja dudas en su aplicación en especial por la interpretación que se haga de la conjunción de la imagen detenida y el video, sujeto al criterio del funcionario que evalúa la situación y que se confía en su idoneidad .
Otro ejemplo que agrava la situación de los conductores , es la notoriedad que el 70 u 80 % de las sendas de los peatones se encuentran en situación lamentable en lo que se refiere al estado del material con las que han sido colocadas, unas tienen faja antes de la senda marcada con franjas y otras no las tienen; el estado del material genera que se hagan poco o nada visible a los conductores lo que los exponen a ser castigados injustamente por omisión de la actividad de mantenimiento .
Además existen semáforos variopintos, luz verde , amarilla y roja el de siempre diríamos, otros con luz verde y conteo de la misma, otros con luces amarillas que titilan algunas veces una vez, otras tres o cinco veces, todo eso genera que los conductores vacilen si avanzar y quedan , en oportunidades, “ encerrados “ por los que vienen detrás, siendo imposible retroceder pero siendo pasibles de castigo.
En realidad no creo que sean claras las normas, si es que existen, para la interpretación de las luces de los semáforos y la posibilidad de avanzar, lo que queda corroborado en la practica diaria .
Pero lo que mas afecta la aplicación de las multas por invasión temporal de las sendas es que la supuesta falta no se encuentra legislada. Las infracciones de transito se rigen por la Ordenanza 12028, la que solo se refiere a las sendas peatonales en el articulo 293 y 301 ambos incluidos en el capítulo que se refiere a “Estacionamiento”, con lo cual la ridícula infracción, que en oportunidades se ha cobrado por mínima o parcial invasión de solo segundos y de centímetros, de la senda, serian ilegales .
Es una colaboración mas a la circulación vehicular , ya disminuida por actividades gastronómicas que ocupan , muchas veces sin clientes , en la mayoría de las jornadas , con mesas y sillas , mal señalizadas ,día y noche , abonando o no un canon , el limitado espacio destinado a estacionar en una ciudad que ingresan mas de siete u ocho mil vehículos por día de lugares circundantes y que si mal no recuerdo se autorizaba ese espacio cuando el Covid 19 .
Carlos Borra
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Una multa que deja dudas en su aplicación en especial por la interpretación que se haga de la conjunción de la imagen detenida y el video, sujeto al criterio del funcionario que evalúa la situación y que se confía en su idoneidad .
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