Caso Galar: el TSJ confirmó la calificación de homicidio simple

Los vocales Evaldo Moya y Ricardo Kohon ratificaron la decisión que habían tomado sus colegas en 2011. La pena impuesta entonces fue de 10 años y 8 meses. El hecho ocurrió el 17 de junio de 2006 en pleno centro de Neuquén.

NEUQUÉN

El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) revocó este lunes (24/08) la resolución dictada por el Tribunal de Impugnación y condenó a Juan Díaz y Leandro Serrano por el delito de homicidio simple de Javier Galar a 10 años y 8 meses.

Galar fue asesinado a golpes el 17 de junio de 2006 en pleno centro de la capital neuquina. El joven fue atacado por un grupo de personas, entre ellos un menor de edad, que bajaron de un rodado y le dieron golpes de puño y patadas.

En 2009 Díaz y Serrano fueron condenados por el tribunal de juicio a tres años de prisión efectiva por el delito de homicidio en riña.

En 2011 la sala penal del Tribunal Superior de Justicia -integrada por Graciela Martinez, Guillermo Labate y Oscar Massei- modificó el fallo y les impuso a ambos la pena de 10 años y 8 meses de prisión por homicidio simple, agravado por la participación de un menor de edad. La defensa recurrió la sentencia ante la Corte Suprema que hizo lugar al planteo y remitió las actuaciones a Neuquén.

Fue entonces que el Tribunal de Impugnación confirmó la resolución de 2009. La fiscalía pidió que se revisara la decisión y fue entonces que el TSJ, integrado por Evaldo Moya y Ricardo Kohon, ratificó aquella decisión de 2011 del TSJ.

rionegro.com.ar


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