Caso Nahuel: para la querella, los Albatros “fueron a matar”

Los abogados que representan a los padres de la víctima apelaron el fallo del juez federal Leónidas Moldes, que avaló la hipótesis del enfrentamiento.

Los abogados por la querella cuestionaron en el recurso de apelación que presentaron, para tratar de revocar el fallo del juez federal de Bariloche Leónidas Moldes, que los albatros procesados, sin prisión preventiva, como coautores del homicidio del joven mapuche Rafael Nahuel hayan actuado con exceso en la legítima defensa.

“No existe prueba alguna de la que se pueda inferir que los aquí imputados y procesados se hayan defendido de ninguna agresión, o por lo menos no de una agresión que permita el uso de armas letales de la forma en que lo hicieron”, advirtieron.

Para Moldes, los albatros procesados: Francisco Javier Pintos, Juan Ramón Obregón, Sergio Damián García, Sergio Guillermo Cavia y Carlos Valentín Sosa se defendieron, en una primera instancia, de manera legítima de una agresión de mapuches que los atacaron con piedras y posiblemente armas de fuego. Pero después incurrieron en el delito del exceso de la legítima defensa al disparar con sus armas reglamentarias y los subfusiles MP5 de alto poder de fuego. Todo ocurrió la tarde del 25 de noviembre de 2017, en la montaña, en Villa Mascardi, a unos 30 kilómetros de Bariloche.

Rafael recibió un proyectil calibre 9 milímetros por la espalda, que causó su muerte. Tenía 22 años. “No existe racionalidad del medio empleado, atento a que no hubo una defensa, hubo una masacre, los imputados fueron a matar, sin importarles nada, al punto que cuando fueron anoticiados de que Rafael estaba herido, lo abandonaron a su suerte allí arriba en la montaña, a mil metros de altura”, recordaron los querellantes en la apelación.

Señalaron que los peritos balísticos oficiales Roberto Nigris y Karina Uribe concluyeron en sus informes, con la adhesión de la perito aportada por la querella, que la bala que extrajeron del cuerpo de la víctima salió del subfusil MP5 asignado a Pintos.

La defensora particular Anabella Schmidt apeló el procesamiento de los albatros Obregón, García, Cavia y Sosa y atacó los fundamentos de Moldes. Sostuvo que no hay ninguna prueba que incrimine a los cuatro procesados como los autores del disparo letal. También apeló la defensa de Pintos, y de los jóvenes mapuches Fausto Jones Huala (hermano de Facundo condenado y preso en Chile) y Lautaro González, procesados por usurpación y resistencia a la autoridad agravada. La Cámara Federal de Apelaciones de Roca resolverá los recursos en los próximos días.

Schmidt criticó que Moldes desconociera “el valor científico de la repericia realizada por Gendarmería” y que había solicitado el juez subrogante Gustavo Villanueva.

Indicó que esa pericia concluyó: “el proyectil calibre 9 milímetros, encamisado ojival truncado identificado como ‘A’ recuperado del cuerpo del occiso, no corresponde a los subfusiles marca ‘H&K, modelo ‘MP5’, calibre 9×19 mm., identificación alfanumérica 05-C335508 (entregado por el cabo primero Pintos) e identificación alfanumérica 05-C335528 (entregado por el cabo segundo Obregón)”. Sostuvo que el juez “realiza meras especulaciones basándose en “probabilidades”, desvalorando prueba científica”.

Schmidt planteó que la pericia balística de Nigris y Uribe “da cuenta acabadamente que ninguno de nuestros defendidos (por García, Cavia y Sosa) ocasionó el deceso” de la víctima. También apeló el embargo de 500 mil pesos impuesto a los albatros.

Los procesados

“La pericia de Gendarmería es incompleta, no contesta todos los puntos periciales solicitados por el Tribunal”.

Natalia Araya, una de las abogadas querellantes en la causa en trámite.

Los abogados que representan a los padres de Rafael Nahuel, solicitaron en la apelación que se haga una junta de peritos para despejar las dudas que sembró la pericia que hizo Gendarmería, a pedido del juez subrogante Gustavo Villanueva, quien estuvo un año al frente de la causa porque su par Leónidas Moldes estaba de licencia.

Los peritos de Gendarmería contradicen los informes balísticos de sus pares Roberto Nigris y Karina Uribe, que determinaron que la bala que mató a Rafael Nahuel salió del subfusil MP5 asignado al albatros Francisco Javier Pintos.

También pidieron una interpretación integral de las dos pericias químicas. Una se hizo en el Centro Atómico, que difiere de las conclusiones del Servicio de Ingeniería y Química Forense del Ministerio Público de la provincia de Salta.

Datos

7
Hay 5 albatros acusados por homicidio con exceso en la legítima defensa y 2 mapuches por usurpación y resistencia.
“La pericia de Gendarmería es incompleta, no contesta todos los puntos periciales solicitados por el Tribunal”.

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