Crimen de Paula Vera: confirman procesamiento

El juez Burgos rechazó la apelación de Heriberto Miguel quien continuará preso en el penal 3.

JUSTICIA

El juez de Instrucción Marcos Burgos rechazó el recurso de apelación que Heriberto Miguel interpuso por intermedio de la defensora oficial Romina Martini, para tratar de revocar el procesamiento y la prisión preventiva en su contra como presunto autor del homicidio de Paula Vera.

Fuentes judiciales informaron ayer que Miguel alegó que cuando fue notificado de que había sido procesado por el crimen de Vera no se le informó que tenía el derecho de apelar esa resolución. En ese momento estaba detenido en el penal de Viedma.

Burgos desestimó el planteo porque ya venció el plazo para replantear la decisión y, por eso, consideró que el procesamiento sigue vigente.

El magistrado sostuvo que el procesamiento es válido y aseguró que se cumplió con el modo de notificación legal.

Miguel está detenido en el penal 3. A principios de este mes estaba todo listo para que sea juzgado por el crimen de Vera. El hecho que se le atribuye ocurrió la noche del 7 de abril del año pasado cuando, según el procesamiento, Miguel y Sebastián Aravena arribaron en moto hasta la calle Beschetd 2674 de esta ciudad.

Miguel descendió de la motocicleta, que manejaba Aravena, y disparó en nueve ocasiones contra la vivienda donde Vera estaba con su pareja y dos chicos. Tras el ataque, ambos sujetos escaparon. Vera recibió un proyectil en la cabeza y murió el 12 de abril de 2013 tras varios días de agonía. Tenía 28 años.

Aravena está profugo desde el 8 de noviembre pasado cuando escapó del penal 3. Miguel también se fugó en ese momento, pero fue detenido semanas atrás.

Antes de que el juicio comenzara el 7 de mayo último, la defensora oficial advirtió que la requisitoria de elevación a juicio tenía como imputado del hecho a Maximiliamo Bascur, quien fue sobreseido el año pasado, en lugar de Miguel. Ocurre que ambos son medio hermanos.

Los jueces de la Cámara Criminal Primera Marcelo Barrutia, Miguel Gaimaro Pozzi y Alejandro Ramos Mejía hicieron lugar al planteo de la defensa. “No se trata de un simple error”, advirtieron. Por eso, declararon la nulidad de la requisitoria de elevación a juicio y todos los actos posteriores. Y ordenaron que el expediente retorne al tribunal de origen para reencauzar la causa.

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