Declaran inaplicabilidad del tope a las asignaciones familiares (07/09/12)

Lo dispuso un juez federal de Mar del Plata. Una trabajadora inició una causa porque luego de que le aumentaran 10% el sueldo había comenzado a cobrar más de 5.200 pesos y dejó de percibir asignaciones

El juez Alfredo López, titular del Juzgado Federal Nº 4 de Mar del Plata, hizo lugar este viernes a una acción de amparo iniciada por una trabajadora contra la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y, en consecuencia, declaró con respecto a ella la inaplicabilidad del tope a las asignaciones familiares. En su presentación, la mujer había iniciado la causa a fin de obtener la restitución inmediata del pago de la asignación por su hija y del resto de las asignaciones que le pudieren corresponder, “atento la notoria inconstitucionalidad del tope establecido por el Decreto 1482/2011”, informó el CIJ. Al respecto, señaló que como consecuencia del aumento del 10% del sueldo dispuesto por su empleador, la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, “le quitaron las asignaciones familiares que venía percibiendo, al excederse el tope de $ 5.200 fijado por el decreto en cuestión”. La ANSES contestó que se equivoca la actora al interponer la demanda contra esa dependencia, toda vez que resulta ser empleada de aquella comuna y la obligación reclamada queda en cabeza de la municipalidad, y es a quien debe pedirse explicaciones. El magistrado consideró que en la última década el tope a las asignaciones fue sufriendo distintas actualizaciones por parte del Estado sin embargo en lo que va del 2012 no ha sufrido modificación, ante lo cual se pregunta “si en el escenario económico/ social reinante resulta razonable que dichos montos continúen inmutables”. La amparista, “producto de la falta de actualización de los topes en cuestión; la inflación pública y notoria existente en nuestro país –que resulta patente en los indicadores transcriptos-; y las mejoras salariales alcanzadas por la clase obrera, queda excluida de dichos beneficios sociales pese a los módicos ingresos que percibe.” López apeló a no perder de vista que la accionante es una trabajadora en relación de dependencia, que percibe mensualmente un salario como contraprestación por su trabajo personal, con el cual satisface las necesidades básicas e indispensables, propias y de su familia, tales como: alimentación, vivienda, vestimenta, educación, esparcimiento, entre muchos otros.” “Consecuentemente, no resulta razonable que el tope a las asignaciones familiares se mantenga intacto desde el año 2011, ello con grave detrimento a sus derechos amparados constitucionalmente”, agregó. “La falta de actualización en cuestión importa en los hechos una irrazonable afectación a los derechos de la amparista. Consecuentemente, corresponde declarar, en este caso en particular, la inaplicabilidad del tope a las asignaciones famliiares, mientras perdure la omisión apuntada en el presente decisorio en torno al mismo”, concluyó. rionegro.com.ar

Archivo Adjunto


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios