Desafíos y dudas del proyecto de ley de Ética Pública

Mercedes de los Santos (*)

El Congreso continúa el debate por el nuevo proyecto de Ley de Ética Pública que marca un aumento de las obligaciones de los funcionarios en términos de rendición de cuentas y transparencia pero no deja claras las sanciones que garanticen su cumplimiento. En medio de un contexto electoral incierto, la agenda institucional debe establecer nuevas reglas y garantizar que se cumplan.


¿Por qué es importante una ley de estas características? Porque toda persona que cumple una función pública debe tener claro cuáles son las reglas de conducta y cuáles son las consecuencias de su incumplimiento, debe conocer cuáles son las incompatibilidades a la hora de tomar una decisión de carácter público y porque la ciudadanía tiene que contar con las herramientas necesarias para ejercer una función de control sobre el patrimonio y las acciones llevadas a cabo por sus representantes.


El nuevo proyecto que envió el Poder Ejecutivo al Congreso incorpora algunos aspectos clave sobre nepotismo, conflictos de interés y régimen de declaraciones juradas, que son una deuda pendiente en el país.
En primer lugar, en caso de sancionarse este proyecto, los funcionarios de la administración pública con cargos de Secretarios y superiores, legisladores y funcionarios del Poder Judicial y Ministerios Público Fiscal con rango y jerarquía equivalente no podrán designar familiares en sus ámbitos de trabajo.


También deberán declarar en sus declaraciones juradas los bienes y patrimonio de los familiares. Sin embargo, el alcance resulta limitado, ¿qué pasa con un Director del Poder Ejecutivo que nombra a un familiar bajo su órbita? ¿Y los Secretarios y Prosecretarios Letrados del Poder Legislativo?.
En segundo lugar, incorpora el régimen de conflicto de interés para regular la influencia de intereses privados en la toma de decisiones públicas a partir de prohibir las actividades de los funcionarios en el ámbito privado una vez asumido su cargo. Es un paso importante y sumamente necesario.


Sin embargo, la redacción resulta endeble para el Poder Legislativo: deja en manos de la reglamentación cómo los legisladores deberán comunicar si un interés privado se cruza con el proyecto de ley en el que están interviniendo. Si este camino queda a libre interpretación corremos el riesgo de que las decisiones que nos afectan a todos se tomen a nuestras espaldas.


Además, a estas nuevas obligaciones le falta un régimen de sanciones fuerte y lo suficientemente disuasorio para que los funcionarios cumplan con lo dispuesto. Por ejemplo, no se prevé las sanciones para aquellos funcionarios de alta jerarquía que no están sujetos al marco de empleo público.


Es decir, todos los funcionarios con cargo político.
Para solucionarlo se necesita una autoridad de aplicación independiente – tanto en términos de funciones como de presupuesto – que pueda aplicar las sanciones en tiempo y forma. ¿Cómo se logra? Estableciendo un proceso de selección transparente, abierto y riguroso en términos de idoneidad que asegure los mejores candidatos para llevar adelante este rol.


Una nueva Ley de Ética Pública es buena si brinda garantías. Sino el enriquecimiento ilícito, el nepotismo, el conflicto de interés y los casos de corrupción seguirán su camino habitual.


(*) Lic. en Ciencia Política (UBA). Directora de Ciudadanía e Instituciones de Gobierno de la Fundación Directorio Legislativo.


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