Ganancias y Bienes personales: AFIP extendió el plazo para adherir a los beneficios

Lo hizo a través de la Resolución General 5177/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial. Se excluye del beneficio a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de mayo el plazo para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%. Además, el organismo tributario otorgó más tiempo para los beneficios de los planes de pago permanente.

La posibilidad de acceder a estos planes de pago con la AFIP regía hasta este jueves 31 de marzo, sin embargo se decidió extender nuevamente el plazo por los próximos dos meses con el objetivo de “promover el cumplimiento y la regularización de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables”, argumentó el organismo.

A través de la Resolución General 5177/2022, publicada esta madrugada en el Boletín Oficial, la administración a cargo de Mercedes Marcó del Pont estableció “extender hasta el 31 de mayo de 2022, para que los sujetos comprendidos en el régimen de facilidades de pago regularicen sus obligaciones del impuesto a las Ganancias y del impuesto sobre los Bienes Personales, en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en esta última norma, sin considerar la categoría del ‘Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)’ en la que dichos sujetos se encuentren incluidos -siempre que se trate de las Categorías A, B, C o D-”. Se excluye del beneficio a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E.

El “SIPER” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

En tanto, a través de la Resolución General 5178/2022, la AFIP extendió hasta el 31 de mayo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona.

Además, los beneficios en las condiciones de los planes permanentes de pagos para quienes desarrollan actividades críticas también continuarán vigentes hasta el 31 de mayo de 2022.

“Es objetivo permanente de esta Administración Federal coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo”, se argumentó en la resolución publicada en el Boletín Oficial.


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