Impuesto a las ganancias: el análisis de las novedades y de los cambios que pueden venir

Los detalles del decreto que incrementó el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias. Cómo juega esta nueva medida con el resto de los cambios instaurados en lo que va del año. ¿Vamos hacia su eliminación definitiva?

El Gobierno Nacional volvió a la carga con el impuesto a las ganancias, esta vez para anunciar lo que supone una reducción masiva de trabajadores y jubilados alcanzados por el gravamen.

La medida, que fue publicada bajo el Decreto 473/2023, viene a indicar que los salarios brutos de hasta $1.770.000 quedan al margen de la retención. Qué dice el Decreto y cómo juega esta nueva medida con el resto de los cambios instaurados en lo que va del año. ¿Vamos hacia su eliminación definitiva?

En términos concretos, el Decreto establece que “Para el segundo semestre del período fiscal 2023, el monto de la remuneración y/o del haber bruto, a los fines de lo dispuesto en la Ley de Impuesto a las Ganancias, ascenderá a una suma mensual equivalente, a quince (15) salarios mínimos, vitales y móviles (SMVM)”, lo que equivale a $1.770.000 actualmente.

La medida se verá reflejada en los recibos de haberes que se perciben los últimos días octubre o hasta el 4° día hábil de noviembre.

La medida entrará en vigencia a partir del 1° de octubre de 2023, es decir se verá reflejado en los recibos de haberes que se perciben los últimos días octubre o hasta el 4° día hábil de noviembre.

En lo que hace a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario de 2023, el decreto busca la eximición para los sujetos cuya remuneración bruta o promedio semestral fuese hasta $1.770.000.

Cabe informar que, a los fines de indicar el salario tope, se consideran los salarios brutos, todos los items mensuales remunerativos y no remunerativos.

En lo que hace al medio aguinaldo, el decreto busca la eximición para los sujetos cuya remuneración bruta promedio semestral sea de hasta $1.770.000.

Según estimaciones del Ministerio de Economía, la medida beneficiará a más de 800.000 trabajadores en relación de dependencia y jubilados. Quedarán alcanzados los salarios más altos que se vinculan con las posiciones de CEO, gerencias, subgerencias, puestos calificados y jubilaciones y pensiones de privilegio.

Por último, la normativa también encomienda a la AFIP a incrementar los importes de la escala progresiva del impuesto, lo cual implicará que no solo se afecten este grupo de trabajadores, sino también aquellos que tuvieron remuneraciones superiores.

Complementariamente, se elevó al Congreso de la Nación el proyecto de modificación, al que públicamente se lo conoció como “eliminación del impuesto”. Si bien la publicidad política fue una, en concreto no se trata de una eliminación, sino de una nueva forma de medir el mínimo no imponible, como también el importe del mismo.

El proyecto de ley no se trata de una eliminación, sino de una nueva forma de medir el mínimo no imponible, como también el importe del mismo.

Se trata de una idea más simplificada de liquidación, en la cual se toma en cuenta el “mínimo no imponible” de 15 SMVM mensual (equivalente 180 SMVM anuales), pero sin sistema de deducciones. Esto significaría tomar el parámetro de sueldo percibido versus el SMVM con una medida que, en principio se adapta mejor que el RIPTE.

Por su parte, al eliminarse el sistema de deducciones, se terminarían las distorsiones generadas por las particularidades de cada trabajador en cuanto a las deducciones (por ejemplo: personal doméstico, gasto de indumentaria, alquiler, etc.) o si es casado o soltero.

El proyecto también prevé qué ocurrirá con los trabajadores de la zona patagónica, para lo cual se mantiene el beneficio actual. Es decir, para un trabajador de la Patagonia se mantiene su diferenciación del 22% respecto al resto del país, quedando el mínimo mensual en 18,3 SMVM.

El proyecto también prevé que para un trabajador de la Patagonia se mantiene su diferenciación del 22% respecto al resto del país.

De acuerdo a los datos provistos, desde la creación de la “tablita de Machinea” hasta el año 2011, aproximadamente el 10% de los trabajadores pagaba ganancias. Sin embargo, los aumentos salariales sin ajustar al mismo ritmo las escalas de imposición produjo que a fines 2019 la masa de trabajadores alcanzados creciera hasta el 30% (aproximadamente 2.500.000 trabajadores).

Con los sucesivos cambios desde el 2021 a la actualidad, la totalidad de trabajadores alcanzados se redujo a 800.000, y de sancionarse el proyecto, dicha proporción implicaría que a partir de 2024 solo el 1% de los trabajadores se encuentre alcanzado.

De acuerdo a esos datos, el impacto sería beneficioso para los trabajadores, quedará luego analizar si el estado puede cubrir la menor recaudación e igualar un régimen impositivo que verdaderamente ataque la capacidad contributiva.

Por Cr. Gonzalo Gutiérrez (CHINNI, SELEME, BUGNER Y ASOC.)


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