El referéndum por Catedral también está frenado en la Justicia

El Concejo había declarado no admisible la iniciativa que pretendía forzar un plebiscito. Una Cámara Civil sumó este asunto a otra causa, que tiene paralizada la prórroga de la concesión.

El enojo que había provocado meses atrás entre miles de personas la prórroga del contrato de concesión del cerro Catedral también quedó empantanado en la Justicia.

El pedido de un referéndum que impulsaron mediante el mecanismo de iniciativa popular fue desechado por el Concejo, que la declaró “no admisible” a fines de mayo.

Las organizaciones que habían trabajado en la campaña impugnaron esa decisión con una acción contencioso administrativa, pero la Cámara de Apelaciones en lo Civil nunca se expidió y decidió suspenderla, a la espera de que se resuelva otra acción anterior presentada por el legislador del FpV Alejandro Ramos Mejía, que está en manos del STJ.

El enredo judicial le impide por ahora al municipio avanzar con la firma del contrato con Catedral Alta Patagonia, a pesar de que la ordenanza respectiva fue aprobada en abril, luego de extenso debate.

Con el contrato en mano, la empresa se aseguraría la concesión del cerro hasta el 2056 y quedaría obligada a desplegar inversiones por 22 millones de dólares en los primeros cinco años.

Los abogados que patrocinan la iniciativa popular opinaron que la decisión judicial es inentendible porque las dos causas tienen “distintos actores y distintos objetos”.

La presentación de Ramos Mejía apuntó contra el acta de intención entre el intendente Gennuso y Alta Patagonia, y luego al quedar ésta en abstracto trasladó la impugnación contra la ordenanza. La Justicia le concedió una medida cautelar, que ahora debe ser confirmada o desactivada por el STJ.

Los impulsores del referéndum presentaron al Concejo un proyecto con 3.354 firmas, las suficientes para una iniciativa popular. Pero los concejales oficialistas no le dieron curso, con el argumento de que afectaba las arcas públicas, algo que la Carta Orgánica prohíbe someter a plebiscito.

El Concejo se negó a “rechazar” el pedido, porque en ese caso debería haber abierto libros de firmas, que podían obligar a Gennuso a convocar al referéndum, aun contra su voluntad.

El abogado Horacio Brucellaria confirmó ayer que el meollo de la presentación judicial es que la “inadmisibilidad” no es una de las opciones. El Concejo debió aceptar o rechazar.

Pero el recurso por ahora quedó neutralizado, ya que la Cámara Civil “subordinó el trámite a la apelación del contencioso administrativo de Ramos Mejía”.

Los demandantes presentaron una revocatoria de ese fallo, pero también les fue rechazada, con fecha del 31 de julio.

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