“El silencio no es salud”
La violencia laboral tiene un impacto severo y contundente sobre la salud, no sólo con enfermedades psicosomáticas sino depresión, y el malestar social que genera serios efectos en la subjetividad de las y los trabajadores. La violencia en cualquier ámbito que suceda tiene una validación cultural que la naturaliza e invisibiliza, con lo cual las víctimas tienen que demostrar todo el tiempo que no mienten y que realmente fueron violentadas psicológicamente en el ámbito del trabajo. Esa víctima vivió , antes de hablar y tomar como pueda la palabra, todo un proceso devastador con la autoestima, demostrando todo el tiempo que sirve para estar donde está, sintiéndose culpable de todo lo que sucede y aislada de otros u otras que por ahí viven lo mismo. Forzar a una víctima de maltrato psicológico, o acoso moral, a que lleve adelante una batalla cultural dentro de la Justicia es un despropósito y una flagrante transferencia de responsabilidad a las víctimas en la resolución del conflicto. En la Justicia no sólo se expone a la persona, así como a su familia, sino que además por ser mujeres jóvenes el haber litigado contra el Estado por violencia laboral las deja estigmatizadas y con un antecedente que puede jugar en su contra al momento de buscar otro trabajo El disciplinamiento que ejerce el violento se suma al que generan los que no resuelven esta situación. Lo más probable es que las víctimas pierdan o dejen su trabajo, entren a trabajar en otro ámbito y todo quede sumergido en la impunidad, donde el descreimiento y la sanción quedan en las denunciantes y jamás en el denunciado, no sólo porque no denunciaron sino porque no pudieron, psicológicamente y concretamente, llevar adelante el pleito judicial. Litigando en la Justicia nadie asegura ni garantiza que van a mantener su fuente laboral, que van a ser resarcidas, tratadas como trabajadoras víctimas que deben recomponer sus compromisos y fidelidades con su trabajo, y que no eso va a pesar como antecedente al momento de buscar otro empleo en caso de no poder reinsertarse en el mismo sitio. Es por esto que no hacer la denuncia en el Poder Judicial no quiere decir que la violencia laboral no existió y que los dichos de las víctimas sean inconsistentes sólo significa la ausencia de garantías y derechos de los trabajadores para realizar sus tareas sin acoso moral. Vale la pena recordar: “En el ámbito público el presidente Néstor Kirchner firmó el decreto 214/06, en cuyo artículo 124 http://www.sgp.gov.ar/contenidos/ inap/ fondo/docs/Decreto_214-2006.pdf apunta a la erradicación de la violencia laboral definida como toda acción, omisión, segregación o exclusión realizada en forma reiterada por un agente que manifieste abuso de autoridad… que tenga por objeto o efecto la degradación de las condiciones de trabajo susceptibles de afectar los derechos y la dignidad de los trabajadores, de alterar su salud física y mental y/o comprometer su futuro laboral”. Es una norma nueva, que muchos empleados todavía desconocen y que define a este “hostigamiento moral” como una “falta grave”. Dra. Andrea Galaverna DNI 17.579.182 Red de Mujeres Las Unas y Las Otras San Carlos de Bariloche
Dra. Andrea Galaverna DNI 17.579.182 Red de Mujeres Las Unas y Las Otras San Carlos de Bariloche
La violencia laboral tiene un impacto severo y contundente sobre la salud, no sólo con enfermedades psicosomáticas sino depresión, y el malestar social que genera serios efectos en la subjetividad de las y los trabajadores. La violencia en cualquier ámbito que suceda tiene una validación cultural que la naturaliza e invisibiliza, con lo cual las víctimas tienen que demostrar todo el tiempo que no mienten y que realmente fueron violentadas psicológicamente en el ámbito del trabajo. Esa víctima vivió , antes de hablar y tomar como pueda la palabra, todo un proceso devastador con la autoestima, demostrando todo el tiempo que sirve para estar donde está, sintiéndose culpable de todo lo que sucede y aislada de otros u otras que por ahí viven lo mismo. Forzar a una víctima de maltrato psicológico, o acoso moral, a que lleve adelante una batalla cultural dentro de la Justicia es un despropósito y una flagrante transferencia de responsabilidad a las víctimas en la resolución del conflicto. En la Justicia no sólo se expone a la persona, así como a su familia, sino que además por ser mujeres jóvenes el haber litigado contra el Estado por violencia laboral las deja estigmatizadas y con un antecedente que puede jugar en su contra al momento de buscar otro trabajo El disciplinamiento que ejerce el violento se suma al que generan los que no resuelven esta situación. Lo más probable es que las víctimas pierdan o dejen su trabajo, entren a trabajar en otro ámbito y todo quede sumergido en la impunidad, donde el descreimiento y la sanción quedan en las denunciantes y jamás en el denunciado, no sólo porque no denunciaron sino porque no pudieron, psicológicamente y concretamente, llevar adelante el pleito judicial. Litigando en la Justicia nadie asegura ni garantiza que van a mantener su fuente laboral, que van a ser resarcidas, tratadas como trabajadoras víctimas que deben recomponer sus compromisos y fidelidades con su trabajo, y que no eso va a pesar como antecedente al momento de buscar otro empleo en caso de no poder reinsertarse en el mismo sitio. Es por esto que no hacer la denuncia en el Poder Judicial no quiere decir que la violencia laboral no existió y que los dichos de las víctimas sean inconsistentes sólo significa la ausencia de garantías y derechos de los trabajadores para realizar sus tareas sin acoso moral. Vale la pena recordar: “En el ámbito público el presidente Néstor Kirchner firmó el decreto 214/06, en cuyo artículo 124 http://www.sgp.gov.ar/contenidos/ inap/ fondo/docs/Decreto_214-2006.pdf apunta a la erradicación de la violencia laboral definida como toda acción, omisión, segregación o exclusión realizada en forma reiterada por un agente que manifieste abuso de autoridad... que tenga por objeto o efecto la degradación de las condiciones de trabajo susceptibles de afectar los derechos y la dignidad de los trabajadores, de alterar su salud física y mental y/o comprometer su futuro laboral”. Es una norma nueva, que muchos empleados todavía desconocen y que define a este “hostigamiento moral” como una “falta grave”. Dra. Andrea Galaverna DNI 17.579.182 Red de Mujeres Las Unas y Las Otras San Carlos de Bariloche
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