El STJ rechazó un recurso contra la prórroga del contrato del Cerro Catedral
Entendió que no corresponde a un amparo y recordó que el análisis ya está en un expediente en la Cámara Civil. La presentación había sido formalizada por Rodolfo Rodrigo, en representación del partido Todos por Bariloche.
El Superior Tribunal de Justicia rechazó un pedido de prohibición para la prórroga de la concesión del Cerro Catedral, desestimando el trámite porque no cumple con los requisitos de “situaciones especialísimas”.
Además, ponderó que el proceso ya tiene tratamiento en la Cámara de Bariloche, con una cautelar donde se consideró la “urgencia, el peligro de demora y la irreparabilidad del daño”.
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Así alude a la determinación de la Cámara Civil que ordenó al municipio no innovar en la firma del nuevo contrato.
El recurso de amparo en el STJ fue formalizado por Rodolfo Rodrigo en representación del partido Todos por Bariloche.
El rechazo del máximo tribunal -que fundamentó la jueza Liliana Piccinini- fue en línea con el dictamen del Procurador, Jorge Crespo.
En su presentación, Rodrigo pedía que la Justicia prohiba el trámite de concesión, pues la ordenanza implicaba una “increíble ilegalidad” con “consecuencias impredecibles”, no cuestionándose “la oportunidad, o el mérito o la conveniencia” de la decisión.
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Ya en su dictamen, el Procurador afirmó que “el amparista no ha realizado esfuerzo argumental ni probatorio mediante los cuales acredite, mínimamente, ser titular de un derecho particular concreto y la afectación del dictado de la Ordenanza que prórroga la concesión del Cerro Catedral. No se ha hecho hincapié -agrega- ni puntualizado con debido fundamento cual ha sido la conducta antijurídica, prohibida por la ley, efectuada por las autoridades municipales”.
El argumento del STJ fue planteado por Piccinini y firmadas también por Ricardo Apcarian, Sergio Barotto y Adriana Zaratiegui.
Reafirmó que un amparo debe “atender situaciones especialísimas en las que se ningún modo de presenten medios administrativos o judiciales idóneos”.
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Acepta que la prórroga del Cerro Catedral exige una “complejidad de lo que importa -eventualmente- determinar o no supuestas irregularidades”, por lo cual, “sin lugar a dudas se requiere un amplio debate y prueba y de un exhaustivo estudio de los hechos”.
Deriva que ese análisis está en la Cámara de Apelaciones de Bariloche , demostrando “la existencia de otras vías útiles para alcanzar eventualmente la tutela de derecho de que se trata. Vía no sólo útil sino expedita y en trámite”.
Finaliza que el reclamo “no reúne los requisitos para que prospere el amparo, como remedio constitucional excepcional cuando existen otras vías aptas para obtener lo que se pretende”.
Resalta que la Cámara barilochense está “dotada de mayor amplitud de debate y prueba”, considerando que “la urgencia, el peligro en la demora y la irreparabilidad del daño ha sido ponderada” con la cautelar dictada.