El Superior Tribunal de Justicia ratificó plazo de las preventivas

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó que la prisión preventiva no se podrá extender más allá de los 3 años y 6 meses.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Río Negro ratificó la doctrina legal vigente que estableció a partir de agosto de 2015 sobre los plazos de esa medida cautelar. Hizo lugar a un recurso de casación que presentó la defensora oficial Romina Martini, en representación de Walter Gustavo Avilés, que fue condenado a principios de abril de 2015 a 12 años de prisión como autor del homicidio de Maximiliano Vera.

El fallo del STJ se dictó el 22 de mayo pasado y anuló la decisión adoptada en la audiencia del 22 de diciembre de 2016 por la Cámara Criminal Primera de Bariloche, que había desestimado el planteo de la defensa de Avilés.

El STJ dispuso reenviar el expediente al mismo tribunal para que, con la misma integración, continúe con el trámite aplicando la doctrina legal obligatoria vigente. Pero no dispuso la libertad del imputado.

La defensora oficial impugnó la resolución de la Cámara de Bariloche que había rechazado el pedido de libertad de Avilés, que llevaba 4 años y 4 meses con prisión preventiva porque la sentencia condenatoria no está firme. Martini advirtió en el recurso de casación que la Cámara omitió la doctrina legal del STJ. Recordó que el STJ estableció en agosto de 2015 “que la naturaleza del encierro previo a la firmeza de la sentencia condenatoria no puede ser otra que cautelar”. La Defensora General Rita Custet Llambí sostuvo el recurso de Martini ante el STJ y hasta solicitó que “se le otorgue la libertad a Avilés”. El Fiscal General Marcelo Álvarez se manifestó en contra de la pretensión de la defensa.

El máximo estrado judicial de Río Negro confirmó que transcurridos los tres años y seis meses en prisión preventiva corresponde disponer la libertad del imputado bajo caución.

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El máximo estrado judicial de Río Negro confirmó que transcurridos los tres años y seis meses en prisión preventiva corresponde disponer la libertad del imputado bajo caución.

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