El testimonio de la víctima no fue suficiente para procesarlos

La Cámara Criminal Segunda anuló lo que dispuso el juez Lozada en la causa por el intento de homicidio de una adolescente.

Redacción

Por Redacción

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Los jueces de la Cámara Criminal Segunda de esta ciudad César Lanfranchi y Héctor Leguizamón Pondal revocaron el procesamiento y prisión preventiva que el juez de instrucción Martín Lozada había dispuesto contra Néstor Omar Quintero, Luis Ojeda y Diego Rodriguez como presuntos coautores del intento de homicidio de un adolescente de 17 años.

Los jueces resolvieron concederles la libertad y dictarles la falta de mérito a los imputados, quienes siguen vinculados con la investigación del hecho que ocurrió el 1 de mayo, las 270 Viviendas de Bariloche. Lozada había procesado con prisión preventiva a los jóvenes porque consideró que eran los autores del ataque que sufrió un muchacho de 17 años, quien recibió dos disparos de arma de fuego a unos 6 metros de distancia. Un proyectil impactó en una rodilla y el otro ingresó por el brazo izquierdo hasta penetrar en el hemitórax. El chico sufrió una grave hemorragia y fue operado de urgencia en el hospital. La víctima tiene varios antecedentes penales, advirtieron defensores de los imputados en las apelaciones.

Para el defensor de Rodríguez, Rodolfo Rodrigo, fue un hecho confuso en una trifulca de la que participaron como 30 personas a raíz del robo de un estéreo perpetrado por el adolescente lesionado y criticó a Lozada.

El fiscal de cámara Carlos López valoró el testimonio de la víctima que identificó a los agresores y relacionó el ataque con una venganza. Afirmó que las armas “fueron usadas de manera artera” y observó que “la intención no era otra que matar al agredido”. Por eso, se pronunció por el procesamiento y la prisión preventiva.

Lanfranchi advirtió contradicciones en las declaraciones de los padres de la víctima. Sostuvo que Lozada “ha ponderado un único medio de prueba consistente en el testimonio de la víctima” y que no colectó elementos de prueba, “y menos aún razonamientos, para creerle más a él (por la víctima) que a los imputados que niegan el cargo”.

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