En mayo creció la curva de incumplimientos de la cuarentena en Neuquén

Según un informe del Ministerio Público Fiscal, en promedio ingresan 54 casos diarios y 357 semanales por romper el aislamiento social preventivo obligatorio.

El 20 de marzo el gobierno Nacional dispuso la cuarentena obligatoria en Argentina. Según un informe del Ministerio Público Fiscal, en mayo se registró un crecimiento de la curva de casos de incumplimiento del aislamiento social preventivo obligatorio. El documento indica que unas 1457 personas transgredieron las normas impuestas para prevenir el contagio de coronavirus en Neuquén.

De acuerdo al informe, 54 neuquinos en promedio rompen la cuarentena por día en la provincia. Detalla que el registro semanal es de 357 personas que incumplen la normativa.

Desde el Ministerio Público Fiscal indicaron que la mayoría de los casos ingresados en la fiscalía provienen de la Primera Circunscripción, en Neuquén capital. Señalaron que 1057 neuquinos violaron el aislamiento social.

La segunda circuncripción con más casos es la de Zapala, con 131 ingresos. El resto de causas por romper la cuarentena obligatoria se reparten entre la Circunscripción de Cutral Co, la de Junín de los Andes y la de Chos Malal. Ésta última es la que registra menos casos, con unos 35.

Según se informa en el documento, ingresaron en la fiscalía un total de 3750, casos por transgredir la normativa dispuesta para prevenir la propagación de la pandemia de coronavirus.

Agregaron que más de 100 personas volvieron a incumplir la cuarentena obligatoria, por lo que se encuentran con «medidas de coerción»: son unas 136. De ellas, 123 están con prisión domiciliaria, de las cuales 57 permanecen bajo vigilancia.

Además, 13 neuquinos se encuentran con prisión preventiva por violar el aislamiento social obligatorio.

La información se deprende del último informe que presentó el Ministerio Público Fiscal, que contabiliza los casos desde el 16 de marzo de este año, hasta el 24 de mayo.

El mismo explica que son tres los delitos que tienen en cuenta: «Propagación de una enfermedad peligrosa» (Artículo 202 del Código Penal), «Violación de medidas contra la epidemia»(Artículo 205) y «Resistencia o desobediencia a un funcionario público.


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