Estuvo un mes en coma tras chocar con una pavimentadora y será indemnizado

El hecho ocurrió en Neuquén pero el domicilio legal está radicado en la capital rionegrina y tuvo que intervenir la Cámara Laboral de Viedma.

Un hombre que conducía una máquina pavimentadora sufrió un accidente al perder el control e impactar contra un árbol. El siniestro se produjo como consecuencia del corte de la cadena de transmisión del rodado mayor.

El hecho sucedió en la provincia de Neuquén pero el domicilio legal está radicado en la capital rionegrina y por ello tuvo intervención la Cámara Laboral de Viedma.

Producto del impacto se cayó del vehículo, lo que le provocó lesiones de gravedad en la cabeza y el cuerpo. Se encontró en coma durante un mes -con diagnóstico reservado- por fractura de cráneo y aplastamiento cerebral, lesión que finalmente fue tratada mediante la colocación de una placa de titanio.

La aseguradora cubrió el tratamiento y luego de una junta médica, se definió un porcentaje de incapacidad. Para el damnificado, ese porcentaje resultó insuficiente “al no considerar todas las secuelas que padeció después del accidente, como tampoco determinó las prestaciones médicas que en el futuro pudiera requerir”. Entonces, realizó una presentación judicial.

Al trasladarse el reclamo a la aseguradora, argumentó que “la apelación es improcedente pues el actor fue evaluado por profesionales en la especialidad, se le brindaron las prestaciones conforme la ley y se le abonó en consecuencia”.

Tras considerar todas las pericias realizadas por los profesionales, constatar secuelas a nivel auditivo, entre otras, se llegó a la conclusión que la incapacidad que sobrevino por el accidente era superior a la definida por la primera junta médica.

De esta manera, la Cámara Laboral de Viedma resolvió elevar el porcentaje de incapacidad determinado por la Comisión Médica y ordenó a Galeno ART S.A. que, en el plazo de 15 días de notificada, proceda a calcular y abonar las prestaciones dinerarias por incapacidad definitiva de acuerdo con el porcentaje de incapacidad aquí reconocido.


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