Fecundación post mórtem, uno de los pendientes de regulación

Tampoco la legislación avanzó sobre la gestación por sustitución. El proyecto de ley Integral de Técnicas de Reproducción Humana Asistida no incluye estos temas.

Redacción

Por Redacción

La fecundación post mórtem y la gestación por sustitución –mal llamada “alquiler de vientre” o “maternidad subrogada”– son los dos temas que están al tope de la agenda pública y que siguen sin regularse. Es que el proyecto de ley Integral de Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) que espera su tratamiento en el Senado no los incluye.

“La ley de cobertura de 2013 garantiza los derechos reproductivos no sólo para parejas infértiles, sino también para madres solteras y para parejas igualitarias, aunque femeninas solamente porque lamentablemente se ha eliminado la gestación por sustitución” (necesaria en las parejas igualitarias masculinas), y la nueva ley especial tampoco avanzó en ese sentido, explicó la titular de la Asociación Concebir, Isabel Rolandi.

Por su parte, la especialista en Derecho de Familia Marisa Herrera aseguró que a pesar de no estar regulada su práctica, “ya tenemos once fallos en el derecho argentino, todos a favor” de familias que tuvieron hijos por gestación por sustitución en el país, lo que implica el uso de gametos de uno o ambos padres y la donación del restante, para ser luego implantados en el útero de una gestante que renuncia a todo vínculo con el niño.

Según explicó Herrera, de esas sentencias “nueve son con material genético de la propia pareja heterosexual”, por lo cual el vínculo filial no sólo es por voluntad procreacional –la nueva forma de filiación establecida en el Código Civil– sino también por el elemento genético.

“Los jueces se encuentran en una encerrona porque ¿qué otra cosa pueden hacer si la gestante le dijo a la pareja ‘yo te entrego tu hijo a vos porque yo lo gesté con tu material genético y el de tu marido? Ya no hay otro posibilidad que regularlo, dado que, además, el Código Penal no sanciona este tipo de acuerdos”, dijo.

Fecundación pos mórtem

Respecto a la fecundación post mórtem, el proyecto no dice nada respecto a la extracción de material genético de personas fallecidas con fines reproductivos –tal como ocurrió en el caso que tomó estado público hace dos semanas– pero estipula que el consentimiento informado que las personas firman antes de iniciar un tratamiento, “debe contener disposiciones expresas sobre el destino de los gametos o embriones criopreservados en caso del fallecimiento del titular”, en consonancia con lo que dice al respecto el nuevo Código Civil.

“Lo que hace este proyecto es reforzar el consentimiento informado”, explicó Herrera.

“Lo que no se puede hacer, porque el nuevo Código Civil no lo permite, es el que post mórtem la gente decida sobre mi material (genético)”,

explicó la especialista en Derecho de Familia, Marisa Herrera.

A pesar de no estar regulada, “ya tenemos 11 fallos en el derecho argentino a favor” de familias que tuvieron hijos por gestación por sustitución en el país.

El proyecto no dice nada respecto de extracción de material genético de personas fallecidas con fines reproductivos, pero estipula el consentimiento.

Piden sanción de la ley que fija “reglas claras”

Organizaciones de usuarios de técnicas de fertilización asistida, médicos y juristas especializados en Derecho de Familia reclamaron la “pronta sanción” de la ley Integral de Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) que establece “reglas claras” para los bancos de esperma y fija un plazo para la preservación de embriones congelados, entre otras cosas.

El proyecto, aseguran, “viene a cerrar el círculo legislativo” iniciado con la ley de Acceso Integral a las TRHA (26.862) y la reforma del Código, y posibilitará terminar con los problemas de cobertura originados en la libre interpretación.

se criopreservan los embriones si no se pidió expresamente más de ese plazo. En caso de silencio de sus titulares, son para investigación.

10 años

Avances con la ley

El proyecto fija la unificación de los formularios de consentimiento y crea un registro único de donantes de gametos y embriones.

Datos

“Lo que no se puede hacer, porque el nuevo Código Civil no lo permite, es el que post mórtem la gente decida sobre mi material (genético)”,
A pesar de no estar regulada, “ya tenemos 11 fallos en el derecho argentino a favor” de familias que tuvieron hijos por gestación por sustitución en el país.
El proyecto no dice nada respecto de extracción de material genético de personas fallecidas con fines reproductivos, pero estipula el consentimiento.

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