Godoy aplicará multas de hasta $100 mil por incumplir con las restricciones

Para quienes incumplan con las normas de restricción, el municipio de Godoy anunció que aplicará multas que pueden llegar hasta los 100 mil pesos, la retención de vehículos y la clausura de locales.

El municipio de General Enrique Godoy anunció la adhesión a las medidas de restricción y confinamiento establecidas por el gobierno nacional, y la aplicación de multas que llegarán hasta los $100 mil para quienes no cumplan.

Las sanciones fueron establecidas mediante la resolución municipal 15/2021 firmada por el intendente Luis Ivancich, en la que se determinó la adhesión al DNU 334/2021 mediante el cual se dispuso las restricciones de circulación con la suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.

“La Municipalidad de General Enrique Godoy se adhiere a la resolución de Nación -fijada con el Decreto de Necesidad y Urgencia- y aplicará multas a quienes no cumplan”, indicaron.

En la resolución municipal se remarcó que por incumplir con la restricción de circulación entre las 18 y las 6 de la mañana del día siguiente, se realizará la retención por 48 horas del vehículo en el que se movilicen las personas, en tanto que además se les impondrá una multa de $20 mil. “Los vehículos se entregarán a su propietario de lunes a viernes en el horario de 8 a 13”, precisaron desde el municipio godoyense.

A su vez se fijó una segunda categoría de sanción para los comercios esenciales y no esenciales que no cumplan con las pautas de horarios y modalidad de atención de clientes; y para las instituciones públicas y privadas que tampoco respeten las medidas de presencialidad.

“Se establece para los comerciantes, vecinos e instituciones públicas y privadas que violen las disposiciones del presente decreto una multa de $100 mil. En el caso de los comercios, se procederá a la clausura preventiva del mismo, pudiendo extenderse hasta la finalización del plazo de vigencia establecido en el decreto, sin perjuicio de la sanción que corresponda en los términos de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal”, subrayaron.

Recordaron finalmente que con atención al público podrán funcionar los comercios dedicados a la venta de productos alimenticios, de artículos de higiene personal y limpieza, farmacias, ferreterías, veterinarias, y de provisión de garrafas.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios