Hasta cinco años de prisión para la banda 

La pena más alta fue para Sarabia y la más baja para Sedano Gómez, el único que quedó en libertad. El fallo fue dividido. Dos jueces dijeron que los acusados formaban una asociación ilícita, y el tercero que eso no estaba probado.

NEUQUEN (AN)- En un fallo dividido, en el que los jueces tuvieron diferencias hasta en el monto de las penas a aplicar, fueron condenados los cuatro empresarios acusados de comercializar autos mellizos. Andrés Patricio Sarabia deberá purgar cinco años en prisión, Raúl Teixeira 4 años y seis meses, Fernando Gagliardino cuatro años y Víctor Sedano Gómez 3 años que quedarán en suspenso. Es el único que está en libertad, y así seguirá.

Las penas fueron inferiores a las solicitadas por el fiscal de la causa, Ricardo Mendaña, quien había solicitado respectivamente 8, 7, 6 y 5 años de prisión para el cuarteto de imputados. Los defensores habían reclamado la absolución de sus clientes, quienes se declaran inocentes.

Durante el juicio oral, el eje del caso fue si los imputados formaban una asociación ilícita. La complejidad del debate se reflejó en la sentencia: los jueces Roberto Fernández y Cecilia Luzuriaga dijeron que sí, pero Emilio Castro votó por no.

La lectura de las 94 fojas del fallo insumió una hora cuarenta minutos, y fue seguida con atención por familiares y allegados a los detenidos.

Los imputados no demostraron ninguna emoción al enterarse del veredicto. Sólo Sarabia hizo un gesto de reprobación cuando escuchó que uno de los jueces proponía mandar a la cárcel a Sedano Gómez, un empleado suyo que firmaba papeles y participaba de la venta de automóviles porque su patrón se lo ordenaba, según relató durante el debate. Después se tranquilizó, porque los otros dos magistrados dijeron que enviarlo a prisión «no redundará en su mejor reinserción social», y por eso la pena quedó en suspenso. Eso sí, deberá trabajar gratis ocho horas mensuales para una institución del Estado.

Los jueces Fernández y Luzuriaga dieron por probado que los imputados compraban vehículos siniestrados y utilizaban sus papeles para blanquear otros, idénticos, que habían sido robados y que luego vendían.

La existencia de la estafa y de la adulteración de los vehículos no dio lugar a mayor discusión. Pero la de la asociación ilícita fue motivo de controversia.

Mientras que Castro dijo que no estaba probada, Fernández consideró que «es notorio el empleo de la misma metodología, por un grupo organizado, que actuó a lo largo del tiempo, mostró nivel de organización y alternó los roles».

Luzuriaga, en tanto, afirmó que «hay pruebas de la existencia de la organización de los imputados» y de que tenían «un plan concertado para cometer delitos».

«Es impensable que esto sea un concierto de casualidades», afirmó al referirse a los negocios con automotores de los imputados. Y opinó que «carece de relevancia si se reunieron a la vista de todos (la defensa dijo que esto nunca se probó). Lo cierto es que se conocían entre sí».

Luzuriaga le asignó a Sarabia «el rol de mayor envergadura, acorde con su posición económica y social y su condición de proveedor del Estado». Sin embargo, no descartó la existencia «de otros integrantes de la asociación», entre ellos los encargados de robar los autos, de adulterar los motores, y de proveer el medio de trasporte para introducir los vehículos en la región. Alguno de ellos sería «el cerebro» de la banda.

Como agravante para aplicar las penas se consideró que Sarabia «se desenvolvía en un medio social y económico tal que estaba en mejores condiciones para no obrar fuera de la ley». 

El juez que los defensores no querían

NEUQUEN (AN)- Los defensores no querían que el juez Emilio Castro participara de este juicio, porque ya había emitido opinión en contra de los imputados durante una apelación. Pero el Tribunal resistió su apartamiento, y el mismo magistrado argumentó que su imparcialidad no estaba afectada. Ayer, su voto fue el que más favoreció a los acusados: dijo que no se había probado la asociación ilícita y tampoco algunas de las estafas que les imputan.

Castro integra la Cámara Segunda, pero en este debate reemplazó al juez Jorge Sommariva. En su voto, que quedó en minoría, apeló a figuras geométricas para explicar por qué no había pruebas de la asociación ilícita.

«Podemos pensar en un triángulo: los tres vértices están conectados, de modo que cada uno está conectado independientemente con los otros dos. Esto sería el esquema objetivo de una banda. Pero en este caso cada uno de los imputados podría representarse como un punto por el que pasa una recta que se dirige a Sarabia, pero ninguna que se dirija independientemente a otro imputado», señaló.

«Debería poder probarse una recta Gagliardino-Teixeira, y no está probada», ejemplificó.


Exit mobile version