“Impunidad fiscal”

Por Redacción

Quiero relatarles una frustrante experiencia vivida, vinculada con la actuación de la Dirección Provincial de Rentas de la provincia del Neuquén. Espero que compartiendo la historia motive a algún funcionario a reflexionar y quizás a brindar alguna ayuda: En el año 2005 la Dirección de Rentas de la provincia del Neuquén delegó en la Municipalidad de Villa La Angostura la cobranza del impuesto Inmobiliario provincial de los inmuebles en el ejido municipal. Habiendo pagado en tiempo y forma y luego de transcurridos cinco años, vengo a tomar conocimiento de que la DPRN cuestiona la liquidación practicada por el municipio, al que en su momento designó recaudador, reclamando a este sumiso contribuyente no sólo por la diferencia en el impuesto supuestamente mal liquidado sino, insólitamente, también intereses punitorios. Como si lo anterior fuera poco, a raíz de la iniciación de un trámite notarial involucrando la misma propiedad se me requirió la cancelación anticipada de la totalidad del impuesto Inmobiliario del año 2009, pago que realicé mediante boletas emitidas por la delegación local de la DPRN. El trámite que necesito concretar y por el cual pagué anticipado se encuentra, al cabo de 22 meses de iniciado, trabado por la propia Dirección, la que argumenta la existencia de deuda, curiosamente originada en un aumento del impuesto decidido con posteridad al pago del total anual exigido e ingresado a la tesorería provincial. ¡También en este caso impone intereses punitorios! El resultado de la historia es que a pesar de haber pagado puntillosamente resulto ser, a juicio de nuestra DPRN, deudor de $ 1.497, de los cuales mas de $ 500 corresponden a intereses y, para mayor desconsuelo, con el trámite motivador de todo parado. Tal arbitrario criterio fiscal es a todas luces abusivo y se sustenta en el endoso de toda responsabilidad al contribuyente, incluyendo la correspondiente a sus propios errores. ¿A quién debería yo recurrir para obtener protección contra la maraña de disposiciones creada por una burocracia que, en la práctica, niega el derecho a una elemental razonabilidad en sus actos administrativos? Carlos A. Cubau, DNI 6.044.712 Villa La Angostura

Carlos A. Cubau, DNI 6.044.712 – Villa La Angostura