Juez concluyó que no es delito ahorcar y castigar a un niño con un cinto

Santiago Márquez Gauna era juez de instrucción cuando encuadró la golpiza como “derecho a educar” del padre acusado. Tres años después, el Superior Tribunal de Justicia pidió una auditoría por el sobreseimiento.

El entonces juez de instrucción de Cipolletti Santiago Márquez Gauna encuadró una golpiza que un padre de Catriel les dio a sus dos hijos menores en el “derecho a educar”, en el “poder de coerción” y en la “potestad de corregirlos”. El camarista Cesar Gutiérrez Elcarás al analizar las actuaciones manifestó asombrado: “pareciera que mi reloj se quedó sin pilas unos cien años”. Ahora el Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó una investigación y una auditoría contra el primer magistrado por haber dictado el sobreseimiento del violento.

En la actualidad Márquez Gauna fue promovido a fiscal jefe. El entramado judicial del caso fue bastante enmarañado. El camarista Gutiérrez Elcarás tomó conocimiento de la golpiza de los niños en un juicio por abuso sexual en el que otro hombre fue condenado a 9 años de prisión por corromper a otra niña. En ese debate se hizo mención a la causa de los golpes porque tenía familiares involucrados. Tras ventilarse los hechos y la decisión de Márquez Gauna, Elcarás se sorprendió por el dictado del sobreseimiento ante semejante golpiza. Los hechos ocurrieron en 2015 cuando el actual fiscal en jefe era juez de instrucción y ordenó el sobreseimiento. La identidad de los imputados no se menciona para preservar la identidad de los menores. La causa se investigó bajo el viejo Código Procesal Penal que tenía al juez de instrucción como máximo responsable del proceso.

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Durante el juicio por abuso sexual el acusado dijo que el proceso era una represalia por haber denunciado la paliza que recibieron los dos hermanitos. Márquez Gauna, quien participó del debate en su condición de fiscal, afirmó que esa causa “ya estaba cerrada” y que él mismo había dictado el sobreseimiento por no encontrar delito. Sorpresa se llevó el camarista Gutiérrez Elcarás (hoy jubilado) cuando revisó las actuaciones. Finalmente el caso del abuso llegó al STJ con todas las constancias y el máximo tribunal provincial abrió una investigación contra Márquez Gauna.

“Este accionar violento nadie me lo saca de la cabeza porque la niña y el preceptor son creíbles y no tienen razón alguna para macanear, sumo a esto los certificados médicos que están agregados en la causa que el Juez sobreseyó por no constituir delito ahorcar a un niño, castigarlo con un cinto y utilizarlo de sparring o puchin ball para golpes de puño y patadas”, puntualizó Elcarás. Allí el juez también criticó al fiscal y a la defensora de menores por no apelar el fallo que quedó firme. Ahora el Superior Tribunal de Justicia (STJ) ordenó una investigación y una auditoría contra Márquez Gauna por haber dictado el sobreseimiento.

Según consta en la resolución que tiene fecha del 27 de septiembre de 2018, Elcarás manifestó con asombró la “naturalización” de las prácticas “criticables” del hombre que fue sobreseído en esta causa. “Sostener que, en el marco de la lógica y lo humanamente aceptable, educar a los hijos supone semejante castigo me parece criticable desde mi punto de vista (…) Casi al final de la segunda década del siglo 21 debería cuestionarse el uso del cinturón, los puñetazos, las tiradas al piso y las patadas posteriores, todo matizado con apretujones del cuello, insisto deberíamos por lo menos cuestionar tales métodos en el derecho de corregir a los hijos”.


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