Juicio por 34 estafas con viviendas: exdirectivos culpables

Dos responsables de la cooperativa Quimey Ruca fueron declarados culpables y otros tres fueron absueltos.

El juicio contra exdirectivos de la cooperativa Quimey Ruca se realizó en febrero. (Archivo)

El juicio contra exdirectivos de la cooperativa Quimey Ruca se realizó en febrero. (Archivo)

El juez Ricardo Calcagno declaró coautores penalmente responsables de 34 delitos de estafa simple y 4 por administración fraudulenta al expresidente de la Cooperativa de Viviendas Quimey Ruca, Miguel Alberto Fernández y el extesorero de la entidad Juan Carlos Montivero.

Calcagno absolvió a Milton Hernán Mansilla, Joaquín Alberto Pérez y Héctor Pardo, que formaron parte de la conducción de la cooperativa hasta finales de julio de 2013 cuando fueron desplazados.

La sentencia está en sintonía con lo que había solicitado el fiscal Sergio Pichetto. En cambio, el defensor particular Nelson Vigueras había pedido la absolución de todos los imputados.

No se trató de una mala o irregular administración, lo cual no constituiría delito, sino que dicha administración resultó fraudulenta».

juez Ricardo Calcagno.

El juez analizó las pruebas que se expusieron durante el juicio contra los exdirectivos de la cooperativa y resolvió condenar a Fernández y Montivero. La semana próxima se hará la audiencia para fijar el monto de la pena.

Para el juez, Fernández y Montivero son culpables de haber cobrado las cuotas a socios de la cooperativa que representaban “a sabiendas que el proyecto urbanístico que abonaban no se realizaría, por cuanto la opción de compra de las tierras donde se proyectara el loteo había caducado”. La denuncia la hizo la nueva conducción de la cooperativa.

Calcagno sostuvo en la sentencia que Fernández y Montivero actuaron a espaldas de los asociados y el resto de los directivos de la cooperativa, porque no llamaron a a una asamblea para autorizar la compra de una fracción de 198.000 metros cuadrados, ubicada en la zona de Ñirihuau.

Dijo que utilizaron el ardid de valerse de su condición de presidente y tesorero del consejo de Administración de la cooperativa y firmaron el 5 de agosto de 2011 una opción de compra con los propietarios de la fracción. Pagaron 50.000 dólares. Pero el acuerdo venció el 5 de noviembre de 2011.

El juez sostuvo de que “a pesar de encontrarse vencido el plazo para formalizar la compraventa”, Fernández y Montivero “efectuaron loteo en planchetas, adjudicaron 34 lotes y percibieron las cuotas de los asociados aun vencida la opción de compra y dispusieron como propios dichos montos”. Esas maniobras se hicieron el 13 de julio de 2009 y después de marzo de 2012.

Calcagno indicó que las transgresiones advertidas en el accionar de Fernández y Montivero se demostraron en los balances presentados por los imputados correspondientes a los ejercicios 2009, 2010, 2011 y 2012.

“No se trató de una mala o irregular administración, lo cual no constituiría delito, sino que dicha administración resultó fraudulenta”, sostuvo.

El juez consignó en el fallo que los imputados “provocaron con la falta de presentación del primer balance, el cierre de la cuenta bancaria, lo cual facilitó a los nombrados poder recibir el dinero abonado por los asociados, directamente en la oficina de la cooperativa o a través de la empresa Siglo XXI para el proyecto urbanístico conocido como San Francisco IV, dándole a dicho dinero un destino distinto al mencionado”.

Sostuvo que Fernández y Montivero justificaron con documentación irregular las erogaciones e ingresos de dinero, “lo cual impidió conocer acabadamente las sumas efectivamente percibidas por la cooperativa, como así el destino dado al dinero…”


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