Brutal golpiza a la salida de un boliche en Roca: lo condenaron a 6 años y 4 meses, pero seguirá con tobillera

Lautaro Agustín González fue sentenciado por tentativa de homicidio. El Tribunal de Roca mantuvo la libertad bajo monitoreo electrónico y le impuso una restricción perimetral de 100 metros.

Por Rodrigo Sandoval

La audiencia de cesura en los tribunales de Roca permitió conocer la pena que recibió González. Foto Juan Thomes.

El Tribunal de Juicio de Roca dictó sentencia este martes contra Lautaro Agustín González, el último de los acusados por la brutal agresión con bloques de cemento ocurrida en la madrugada del 16 de junio de 2025. El joven fue condenado a la pena de seis años y cuatro meses de prisión efectiva como coautor del delito de homicidio en grado de tentativa, agravado por la participación de un menor de edad. Sin embargo, el condenado no será trasladado de inmediato a una unidad penal, ya que permanecerá bajo un régimen de libertad vigilada con monitoreo electrónico hasta que el fallo adquiera firmeza.

Durante la audiencia, presidida por el juez Emilio Stadler —el resto del tribunal colegiado estuvo conformado por los magistrados Gastón Martín y Oscar Gatti—, se resolvió además la formalización de la absolución de Mauricio Sebastián Molinez. La resolución judicial pone un cierre a la etapa de debate por un hecho que conmocionó a la región debido a la extrema violencia empleada contra la víctima, un adolescente que tenía 17 años al momento del ataque y cuya vida cambió para siempre tras recibir múltiples impactos en el cráneo con restos de hormigón.

El juez Stadler leyó la parte resolutiva de la sentencia. Foto Juan Thomes.

Libertad monitoreada y prohibición de acercamiento


Tras conocerse el monto de la pena, la parte querellante, representada por el abogado Oscar Pineda, solicitó medidas cautelares adicionales para garantizar la seguridad de la víctima. El pedido consistió en una restricción perimetral de 100 metros, aplicable tanto de manera física como por medios electrónicos. La defensa de González no presentó oposiciones a esta solicitud, considerándola proporcional a la situación procesal del imputado.

Oscar Pineda representó a la familia de la víctima. Foto Juan Thomes.

El juez Stadler fue categórico al comunicarle las restricciones a González, quien escuchó la sentencia mientras cumple su libertad bajo monitoreo con una pulsera de seguimiento. «Le quedó claro cuál es la prohibición de acercamiento de 100 metros (…) bajo el apercibimiento de revocarse esa medida que tiene hoy en día y adoptarse otras de mayor intensidad», le advirtió el magistrado. De esta manera, cualquier contacto directo o indirecto, incluso a través de redes sociales, podría derivar en el encarcelamiento inmediato del joven.


El rol del «muro» y la reconstrucción del ataque


La Justicia dio por acreditada la participación de González como un «engranaje esencial» en la mecánica de la agresión ocurrida en la intersección de Avenida Roca y Tres Arroyos. Según el fallo de culpabilidad, mientras otros integrantes de la banda golpeaban a la víctima en el suelo, González actuó como un «muro»: su función fue amenazar y arrojar escombros a un familiar del herido para evitar que pudiera asistirlo.

Para los jueces, el accionar de González no fue el de un simple espectador de una gresca. «No se limitó a observar cómo dos de sus compañeros acometían contra la víctima, sino que violentamente, impidió que el primo pudiese asumir la conducta eficaz en salvaguarda de la vida», detallaron los magistrados en los fundamentos de la sentencia. En contraste, la situación de Molinez resultó distinta, ya que el tribunal consideró que existía una «orfandad probatoria» para vincularlo directamente con el plan común ejecutado esa madrugada.


Un daño «devastador» y secuelas permanentes


La fiscal Verónica Villarruel había fundamentado su pedido de condena —que originalmente era de seis años y seis meses— en la gravedad inusitada del daño causado. La víctima, que hoy intenta retomar su educación secundaria, debió sobrevivir a cinco cirugías cerebrales y permaneció 21 días en coma. El impacto de los bloques de concreto le provocó una fractura de cráneo que lo obligó a pasar diez meses sin una placa protectora en su cerebro.

«Se le cortó la vida a sus 17 años por una decisión que tomaron en conjunto los imputados», sentenció la fiscal durante las audiencias previas. Los informes de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) y los peritos forenses coincidieron en que el joven sufrió un «desarraigo» total de su vida habitual, enfrentando un proceso de rehabilitación crítico donde tuvo que volver a aprender funciones básicas como caminar y comer.

Con esta sentencia, se completa el cuadro procesal de los cuatro involucrados originales. Cabe recordar que otro de los adultos ya cumple una pena de 8 años y 11 meses, mientras que el menor involucrado admitió su participación oportunamente ante la justicia juvenil.


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