Compró materiales de construcción y tardaron 5 meses en entregárselos: multaron al comercio, en Cipolletti

El hecho ocurrió en un comercio de Neuquén. En la sentencia se condenó a la empresa a pagar una suma de dinero por daño moral y otra multa civil.

Una mujer de Cipolletti realizó la compra de piso para la construcción de su casa pero el comercio no contaba con el stock y se demoró cinco meses en entregar la compra. En un juicio civil se confirmó la condena a la empresa, luego de una apelación.

Según detallaron, la damnificada había realizado la compra de 175 metros cuadrados de piso de porcelanato a partir de una oferta difundida en los medios de comunicación, pero al momento de buscar el pedido, el comercio no contaba con el material.

Cuando la clienta advirtió que el material no se entregaba inició un reclamo ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor. Esperó mas de cuatro meses pero al no obtener respuestas, se presentó nuevamente en la sucursal con un escribano. En ese momento, se comprometieron a entregar el piso que había comprado.

Una vez que se los entregaron en la vereda de la obra en construcción, pretendieron hacerle firmar un documento en el que desistía de cualquier tipo de acción legal y administrativa.

En el juicio civil, la mujer probó a través de los albañiles que la obra se retrasó como consecuencia de la demora en la entrega de las 135 cajas de porcelanato. Confirmaron que pasaron cinco meses desde que los pagó en el local comercial de Neuquén hasta que el flete llegó a la casa en Cipolletti.


Que determinó el fallo en el juicio civil en Cipolletti


En el fallo se estableció que el deber de información tuvo influencia primordial sobre la decisión. Es decir, la mujer no habría comprado el producto si tenía conocimiento sobre el faltante en el comercio, «ya que ya que se encontraba en obra y pretendía contar enseguida con los materiales», plantearon.

En la sentencia se condenó a Cencosud S.A a pagarle a la damnificada una suma de dinero por daño moral y otra multa civil. Describieron que la mujer realizó la compra en el local de Easy Neuquén. 

«Respecto al daño moral se consideraron los trastornos motivados por la falta de material y la paralización de la obra, el largo peregrinar a la que fue sometida, el destrato propinado, la falta de respuestas e información, la pérdida de tiempo, el estado de incertidumbre que debió atravesar, los sentimientos de indignación e impotencia que la invadieron», detallaron en el fallo.

En la multa civil se consideró el incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor y el trato inequitativo. Desde la empresa multinacional apelaron el fallo pero el tribunal desestimó los argumentos y confirmó la sentencia de primera instancia.


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