Condenaron por intento de femicidio al hombre que apuñaló 16 veces a su expareja en Neuquén
El tribunal por unanimidad declaró culpable a José Gregorio Montaño de la agresión a Odra María González Trías, ocurrida en plena calle y a pocos metros de una escuela, el 22 de septiembre de 2022 en el barrio TCI.
La «cantidad», la «persistencia» y la «gravedad» de las al menos 16 lesiones que le provocó en el cuerpo José Gregorio Montaño a su expareja, Odra María González Trías, con un elemento «ofensivo» como es un cuchillo de 9,6 cm de largo, con mango antideslizante, lo cual evitaba que se le resbalara, y «facilitaba la perforación» fueron aspectos que el tribunal valoró para condenarlo hoy por intento de femicidio.
El ataque se produjo el 22 de septiembre de 2022, en la esquina de Lucas Lucero y Río Gallegos del barrio TCI de la ciudad de Neuquén, a la 13.30, a metros de la escuela 296. Montaño tenía prohibido acercarse a Odra. Así lo había dispuesto la justicia de Familia.
Los jueces Marco Lupica Cristo, Raúl Aufranc y Gustavo Ravizzoli descartaron la teoría de la defensora pública, Verónica Zingoni, que había pedido que a Montaño lo declararan responsable por lesiones graves o gravísimas, en contexto de violencia de género, y plantearon que en el juicio quedó acreditado que la intención del acusado fue matar a la mujer, como pedía la fiscal María Eugenia Titanti.
Lupica Cristo, que fue el encargado de desarrollar los fundamentos del veredicto unánime, señaló que Odra sufrió violencia de género física, psíquica, económica y sexual reiterada, tanto en Argentina como en Venezuela, de donde es oriunda, tanto ella como el acusado.
«Un comportamiento agresivo por parte de Montaño y una cosificación constante», afirmó el juez. Subrayó que eso surge de su relato y el de las profesionales que la entrevistaron durante todo el proceso.
Indicó que el día de la agresión intervinieron dos personas para detenerlo, y aun así no lograron quitarle el arma. Sólo cuando llegó la policía abandonó el cuchillo.
El magistrado aseguró que en el momento en que el imputado hizo uso de su derecho a hablar, se dedicó por más de una hora a enfatizar en «lo mala madre que era Odra, respecto de cómo ponía los hijos en contra de todo el mundo, respecto de cómo no quería trabajar, respecto de cómo no trabajaba, respecto de cómo manipulaba a los hijos» y no recordaba casi nada de lo que pasó el 22 de septiembre.
Incluso el acusado mencionó, que en su mente, él no se veía apuñalando a una persona.
En ese momento Lupica Cristo, que dirigió casi toda la explicación a Odra que se encontraba sentada en el público, giró la cabeza hacia su derecha donde estaba el imputado.
«Este tribunal sí lo ve apuñalando a otra persona. Lo ve apuñalando 16 veces por lo menos a Odra. Este tribunal no le queda duda alguna respecto de la conducta, no le quedan dudas de las cuatro regiones de la zona auricular que sufrió, la puñalada que sufre en la mano izquierda, las dos preauriculares y retroauriculares, la lesión en la parte posterior del cuello, la lesión en la axila izquierda, las tres lesiones en el brazo izquierdo, una lesión en la mama izquierda, la lesión del diafragma, las tres lesiones del abdomen y la lesión de la pierna izquierda», enumeró el juez.
Remarcó que «nada justifica su accionar» ni culpar a la víctima por las decisiones que podría haber tomado.
Sobre los dichos de Montaño de que en este país se creía «a un niño» o que se «beneficiaba a las mujeres», el magistrado respondió: «la verdad que no debería llamarle la atención, en Venezuela también se ratificó ya en 1990 la Convención de los Derechos del Niño, y un año antes que en Argentina incluso se ratificó la Convención de 1995 de Belem do Para, que en el artículo sexto establece que los jueces tengamos precisamente que evaluar y abstenernos de enjuiciar toda causa con prejuicio de género, e impedir y sancionar con la debida diligencia reforzada todos estos actos para que no queden impunes».
A Montaño se lo condenó entonces por el intento de femicidio y la desobediencia a una orden judicial que le impedía mantener contacto con Odra. Quedó absuelto de las amenazas que le habría dicho el 17 de julio de 2022 –«que se cuidara porque la podía matar en cualquier lado»– porque los jueces consideraron que la acusación no logró probarlas.
En una próxima audiencia se le impondrá la pena.
«Me siento aliviada porque se va a ser justicia, que era lo que yo quería», contó Odra al salir de la Ciudad Judicial, acompañada por la abogada querellante Silvana Colipi, que pertenece al equipo que brinda patrocinio jurídico gratuito a las víctimas de violencia de género, dependiente del ministerio de Mujeres, Género y Diversidad de la Nación.
La "cantidad", la "persistencia" y la "gravedad" de las al menos 16 lesiones que le provocó en el cuerpo José Gregorio Montaño a su expareja, Odra María González Trías, con un elemento "ofensivo" como es un cuchillo de 9,6 cm de largo, con mango antideslizante, lo cual evitaba que se le resbalara, y "facilitaba la perforación" fueron aspectos que el tribunal valoró para condenarlo hoy por intento de femicidio.
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