Confirman condena al conductor que atropelló y mató a Evelyn Alarcón en Regina

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro rechazó una queja que presentó la defensa del conductor que en abril de 2021 atropelló y mató a la cabo de la policía rionegrina en la zona rural de Regina.

Con el rechazo de un recurso de queja que presentó la defensa de Aldo De Toffol, el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro ratificó el fallo que lo condena a cinco años de prisión y 10 de inhabilitación para conducir vehículos, por ser responsable de la muerte Evelyn Alarcón en un siniestro vial que ocurrió en abril de 2021 en Villa Regina.

Los jueces consideraron que tanto lo actuado por el Tribunal de Juicio que determinó el fallo condenatorio contra De Toffol, como lo resuelto por el Tribunal de Impugnación en la revisión, es acorde al procedimiento establecido en el Código Penal.

El fallo del STJ fue dictado en agosto, aunque recién se conoció esta semana a partir de la notificación a las partes de lo resuelto en cuanto al recurso de queja que presentó el abogado defensor del hombre que fue condenado por la muerte de la cabo de la policía rionegrina.

Como se recordará, el hecho ocurrió el 5 de abril de 2021, cuando Evelyn Alarcón circulaba en bicicleta por la margen oeste de la avenida General Paz en la zona rural de Regina en dirección a la Isla 58, cuando fue embestida desde atrás por el conductor de una camioneta Chevrolet S10, quien no la auxilió y se dio a la fuga. A partir de la investigación se pudo determinar que el vehículo era conducido por Aldo Francisco De Toffol, quien a horas del accidente ocultó la camioneta en la zona rural de Chichinales y luego escapó rumbo a San Antonio Oeste donde fue detenido por la policía.

El el juicio que finalizó en marzo de este año, el Tribunal de Juicio lo encontró responsable de “homicidio culposo, agravado por haberse dado a la fuga y no haber intentado socorrer a la víctima”, y lo condenó a cinco años de prisión y 10 años de inhabilitación especial para conducir todo tipo de vehículos con motor.

Por su parte los jueces del STJ Sergio Ceci y María Cecilia Criado, con la adhesión de la jueza Liliana Piccinini, rechazaron la queja que presentó la defensa del conductor de la camioneta al señalar que “el recurso no puede prosperar pues no rebate lo sostenido en la denegatoria, defecto formal que impide la habilitación de la instancia”.

En cuanto a la determinación del monto de la pena, como aduce el Tribunal de Impugnación, no se advierte un supuesto de arbitrariedad de sentencia que justifique el control extraordinario de este cuerpo, sino una mera discrepancia de la defensa con lo decidido, en la medida que las circunstancias agravantes consideradas (incluyendo el hecho de que el imputado se había ido de Villa Regina luego de lo sucedido) habían sido referidas por el Ministerio Público Fiscal para fundar su petición, a lo que se suma la valoración de la conducta de esconder el vehículo embistente también es apropiada para mensurar la sanción correspondiente”, concluyeron.


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