El Servicio Penitenciario Federal rechaza el traslado de Jones Huala por «seguridad»

El organismo argumentó que no están dadas las condiciones en Esquel y afirmó que la cárcel adecuada es la de Rawson, de máxima seguridad.

El Servicio Penitenciario Federal envió una extensa fundamentación a la Justicia Federal para rechazar el traslado del referente mapuche Facundo Jones Huala de la cárcel de máxima seguridad de Rawson al penal de Esquel, que había dispuesto recientemente el juez subrogante de Bariloche, Gustavo Zapata.

La nota está firmada por Gabriel Aquino, oficial superior de la Dirección General de Régimen Correccional dependiente del Servicio Penitenciario Federal, esgrime un análisis de la situación del detenido en base a “lineamientos estratégicos” respecto de su “perfil criminológico, razones de seguridad, riesgos y necesidades” por las que se evalúa conveniente que permanezca en la unidad penal de Rawson.

Los abogados defensores de Jones Huala, difundieron la nota oficial y cuestionaron el contenido.

Aquino enumeró que existen cinco categorías de establecimientos penitenciarios y que la cárcel de Rawson donde está alojado Jones Huala corresponde a la categoría “A” que “atiende a los estándares de seguridad que el interno requiere (…) a diferencia del establecimiento requerido (Unidad 14 de Esquel) el cual se engloba dentro de la categoría “C” y no reúne los requisitos”.

Dijo que “resulta de imposible cumplimiento el otorgamiento de cupo” para el referente mapuche en Esquel por su “perfil criminal” ya que ese establecimiento “está destinado a internos de bajo riesgo y régimen abierto o semiabierto; el perfil del mencionado detenido, por su alto nivel de exposición pública, antecedentes y riesgo para la seguridad institucional, resulta incompatible con las características de esa unidad”.

Según el Servicio Penitenciario “permitir el ingreso de esta persona como residente afectaría la seguridad general y el régimen progresivo que debe imperar”.

En la respuesta oficial se señaló que “la gestión interna de las personas privadas de libertad es un proceso complejo, más aún la clasificación adecuada de individuos de elevado Riesgo Comunitario, ya que interfiere directamente en la prevención de situaciones indeseadas, siendo propensas a comportamientos violentos, manipulativos y de extorsión afectando así a toda la sociedad”.

El representante del Servicio Penitenciario mencionó una “clasificación” de las personas privadas de la libertad en pos de “garantizar la seguridad de todos los involucrados” y recordó que en junio se admitió el alojamiento de Jones Huala en la Unidad 6 de Rawson y en septiembre se prorrogó la prisión preventiva por 90 días más, cuyo plazo vence el 6 de diciembre de 2025.

Señaló el escrito que Jones Huala es el “líder y creador” de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) que es considerado el “brazo político” del Movimiento Mapuche Autónomo, que no tiene domicilio fijo, enumeró sus antecedentes judiciales y extradición a Chile.


El Servicio Penitenciario Federal envió una extensa fundamentación a la Justicia Federal para rechazar el traslado del referente mapuche Facundo Jones Huala de la cárcel de máxima seguridad de Rawson al penal de Esquel, que había dispuesto recientemente el juez subrogante de Bariloche, Gustavo Zapata.

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