Lo que tuvo en cuenta la Corte para suspender la cesión de tierras a una comunidad mapuche de Bariloche

Cuáles fueron las motivaciones de los jueces del máximo tribunal del país. De todos modos, no anularon la sentencia de la exjueza Domínguez, porque no se pronunciaron sobre el fondo del conflicto.

En un fallo unánime, los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvieron este miércoles suspender el proceso de adjudicación de tierras del Estado nacional a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue de Bariloche. Se trata de alrededor de 180 hectáreas que la comunidad y el Ejército disputan hace tiempo en la justicia federal.

Sin embargo, el máximo tribunal del país no resolvió el conflicto de fondo que pasa por determinar si la exjueza federal de primera instancia, María Silvina Domínguez se extralimitó en sus atribuciones al dictar la sentencia que admitió el reclamo de la comunidad mapuche por las tierras. La Corte suspendió el proceso de cesión de las tierras a la comunidad, pero no declaró la nulidad de esa sentencia.

Los jueces de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti dictaron este miércoles el fallo que admitió los recursos de queja que habían presentado la fiscal general interina María Claudia Frezzini, y los abogados en representación del Estado Nacional y del Ejército.

Las quejas habían sido presentadas después de que la Cámara Federal de Apelaciones de Roca rechazara a finales del año pasado los recursos extraordinarios federales interpuestos por la fiscalía y el Estado Nacional, para que la Corte revisara la sentencia de Domínguez.

La magistrada, que subrogaba entonces, el juzgado federal de Bariloche admitió el 2 de febrero del año pasado un amparo que la comunidad mapuche había interpuesto a finales del 2021 contra el Estado nacional. La demanda buscaba que se les reconociera la propiedad comunitaria de las tierras que ocupa desde el siglo pasado, en las afueras de Bariloche.

Domínguez ordenó al Ejecutivo nacional que en el término de 60 días, a partir de que quedara firme la sentencia, transfiera a título gratuito al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el dominio de las tierras mensuradas por ese organismo, para adjudicarlas en propiedad a la comunidad.

La sentencia de la exjueza federal Silvina Domínguez que ordena la cesión de 180 hectáreas a la comunidad mapuche Millalonco Ranquehue de Bariloche. (Foto: archivo de Marcelo Martínez)

Las idas y vueltas de un expediente espinoso


Abogados del Ministerio de Defensa del gobierno nacional y del Ministerio Público Fiscal apelaron esa sentencia, pero la Cámara de Roca desestimó los recursos porque concluyó que lo presentaron fuera de término.

Cuando trascendió la decisión de la Cámara Federal de Roca se originó una fuerte polémica. Desde la oposición alentaron sospechas contra abogados del Ministerio de Defensa por la demora en interponer la apelación.

Diputados nacionales de Juntos por el Cambio denunciaron a los abogados por abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y prevaricato. La denuncia cayó en el juzgado federal de Comodoro PY, a cargo de Daniel Rafecas.

El fiscal federal Carlos Stornelli impulsó que se investigaran los hechos denunciados y pidió a Rafecas citar a indagatoria a la abogada Silvia Vázquez, del Ministerio de Defensa, a Nicolás Rodríguez Vaccarezza, integrante del cuerpo de abogados del Ministerio de Defensa, Leonardo Havela, director de Asuntos Judiciales del Ministerio de Defensa; Agustín Gasparini, director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Defensa, y a Julián Fernández Duarte, director de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). También, Stornelli pidió como medida cautelar suspender el proceso de cesión de las tierras en litigio a la comunidad.

A finales de noviembre pasado, Rafecas desestimó la denuncia porque consideró que no hubo una maniobra intencional para dejar vencer los plazos procesales para presentar la apelación ante la Cámara de Roca.

Stornelli impugnó esa decisión y un tribunal superior revocó la resolución de Rafecas y ordenó suspender el proceso de entrega de las tierras, por la investigación en curso.


Fundamentos de la resolución de la Corte


Los jueces de la Corte señalaron en el fallo al que RÍO NEGRO accedió que el 17 de marzo último, el juez Gustavo Villanueva, a cargo del juzgado federal de Bariloche, había intimado al Ejecutivo nacional a que, “en el plazo perentorio e improrrogable de 30 días”, cumpla la sentencia de Domínguez.

“Tal decisión implicó avanzar en la ejecución de la sentencia de primera instancia aun cuando no se encontraban configuradas las condiciones expresamente previstas en dicho pronunciamiento para proceder de ese modo, en tanto la decisión no se encuentra firme”, sostuvieron los jueces del máximo tribunal del país.

Mencionaron además que, a la fecha en la que el juez de primera instancia dispuso la intimación (por Villanueva), “ya se encontraba vigente la prohibición de innovar ordenada por la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal en el marco de la causa CFP 1615/2022 caratulada “Vázquez, Silvia Cristina s/ abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público y prevaricato de los auxiliares de justicia”, en la que se investiga si la sentencia apelada ante esta instancia extraordinaria fue obtenida mediante un actuar ilícito de las partes interesadas”.

Los jueces de la Corte advirtieron que, en tales condiciones, “la decisión de ejecutar la sentencia en ese contexto no solo reviste gravedad institucional, sino que, además, pone de manifiesto la imperiosa necesidad de adoptar una medida que preserve la jurisdicción del Tribunal, evitando que se produzcan agravios de muy dificultosa reparación ulterior que impidan el dictado de una sentencia útil en la causa”.

“Por ello, se hace lugar a los recursos de hecho y se decreta la suspensión del curso del proceso”, resolvieron.


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