Robo en una heladería de Roca: condenaron a tres hombres a más de 7 años de prisión efectiva

Tres hombres fueron condenados a más de siete años de prisión por asaltar con un cuchillo una heladería de Roca. Dos tienen varias reincidencias penales previas. A otro de los hombres se le unificó pena con otro proceso.

Los condenados actuaron con roles distribuidos: uno amenazó con cuchillo, otro vigilaba y un tercero custodiaba la puerta.

Tres hombres fueron condenados a la pena de siete años y seis meses de prisión efectiva por el violento robo a una heladería que estaba ubicada en calle La Plata 979, en Roca. El hecho ocurrió el 25 de mayo de 2024 y fue calificado como «robo doblemente agravado por el uso de arma blanca y por haber sido cometido en poblado y en banda».

Pedro Basilio Verdugo Amulef, Juan Carlos Canales y Darío Damián Cofré fueron declarados coautores del asalto y cumplirán prisión efectiva. A esto se suma que Canales y Cofré fueron declarados reincidentes por tercera y cuarta vez, respectivamente. En el caso de Verdugo, se unificó esta condena con una pena anterior, por lo que deberá cumplir diez años de prisión.


Un robo planificado, con roles definidos


El tribunal, integrado por los jueces Maximiliano Camarda, Oscar Gatti y Gastón Martín, consideró probada la participación de los tres imputados a partir del análisis de cámaras de seguridad, testimonios policiales y el relato de la víctima. Durante el juicio se comprobó que actuaron con un reparto de roles: mientras Verdugo amenazó con un cuchillo a la empleada y sustrajo su celular, Cofré custodiaba la puerta y Canales hacía de «campana» desde el exterior.

Además de robar el teléfono celular de la trabajadora, intentaron abrir la caja registradora del local. También se comprobó que intentaron llevarse una motocicleta, aunque no lograron encenderla. Por este hecho, fueron absueltos del delito de tentativa de hurto, pero el núcleo del asalto se mantuvo firme en la calificación legal de robo doblemente agravado.


Una rápida intervención policial y la colaboración vecinal


Luego del asalto, los autores del hecho se dieron a la fuga. Sin embargo, una vecina que observó la situación alertó rápidamente a la policía. Dos de los acusados fueron detenidos pocas cuadras después, en la intersección de las calles 231 Bis y Jamaica. En ese lugar, personal policial les secuestró dinero en efectivo y el teléfono robado a la empleada.

La víctima del hecho, que logró seguir a uno de los delincuentes por algunas cuadras, aportó datos clave en su declaración. También lo hicieron los vecinos que presenciaron la huida y los oficiales que participaron del operativo. Con esa información, la fiscalía pudo construir un relato coherente de los hechos y solicitar penas elevadas para los acusados.


Historial delictivo y reincidencias: un patrón preocupante


Durante la audiencia de cesura, la fiscal Graciela Echegaray, junto con su par María Vanesa Giardina, hizo hincapié en los extensos antecedentes penales de los tres imputados. En el caso de Darío Damián Cofré, la fiscalía detalló que esta es su sexta condena, con antecedentes por robo agravado con arma de fuego, evasión y violencia de género, entre otros. Fue declarado reincidente por cuarta vez.

Juan Carlos Canales también presenta un prontuario extenso, con al menos tres condenas anteriores, por encubrimiento, resistencia a la autoridad y delitos contra la propiedad. Esta nueva sentencia representa su cuarta condena y tercera reincidencia.

Para Pedro Verdugo, si bien no se formalizó una nueva reincidencia, se procedió a unificar esta condena con otra ya vigente, alcanzando los diez años de cumplimiento efectivo.


Penas solicitadas y resolución final del tribunal


La fiscalía había solicitado ocho años de prisión efectiva para Canales y Cofré, considerando la gravedad del hecho y sus antecedentes. En el caso de Verdugo Amulef, el Ministerio Público requirió una pena única de diez años y once meses, como producto de la acumulación con otra causa.

El tribunal, tras analizar las pruebas y los argumentos de las defensas, resolvió imponer a los tres la pena de siete años y seis meses de prisión. También declaró las reincidencias para Canales y Cofré conforme al artículo 50 del Código Penal. En relación con Verdugo, la unificación de penas derivó en una condena única de diez años.


Agravantes que pesaron en la sentencia


Entre los agravantes considerados por el tribunal se destacaron la modalidad del asalto (con armas, en banda y durante la noche), la planificación previa y el daño psicológico causado a la víctima. La empleada de la heladería declaró que el episodio alteró su vida cotidiana y que todavía experimenta temor en su lugar de trabajo.

La fiscalía también señaló que uno de los acusados intentó amedrentar a la víctima, llamándola en reiteradas oportunidades para que no continuara con la denuncia. Ese accionar fue considerado un intento de obstrucción de la justicia y contribuyó a reforzar la necesidad de penas efectivas y restricciones posteriores.


Restricciones adicionales para proteger a la víctima


Además de las penas privativas de libertad, el Ministerio Público solicitó –y el tribunal aceptó– incluir en la sentencia la prohibición de contacto con la víctima. Ninguno de los condenados podrá comunicarse con ella por medios físicos, telefónicos ni redes sociales. Esta medida, usualmente reservada a medidas cautelares, fue incluida como disposición de fondo en la sentencia final.

Las defensas de los imputados intentó argumentar que el robo fue menor, que no hubo violencia física directa y que sus defendidos no representaban un riesgo. Sin embargo, el tribunal valoró el conjunto de pruebas y los antecedentes acumulados, inclinándose por penas elevadas y restricciones para garantizar la no revictimización.


Cuáles habían sido las últimas palabras de los imputados antes del cierre del juicio


Antes del cierre de la audiencia de cesura, los imputados tuvieron oportunidad de expresar sus últimas palabras ante los jueces. Juan Carlos Canales reafirmó su inocencia, mientras que Darío Damián Cofré calificó como “injusto” recibir una pena tan alta por el robo de un celular. Aseguró que no lastimó a nadie y que fue perseguido “por cinco personas”.

Pedro Basilio Verdugo Amulef también negó haber tenido un arma y rechazó ser parte de una banda. Alegó que “en los videos se ve que no tengo cuchillo” y que “nunca hice daño a nadie”. Estas declaraciones no modificaron la decisión del tribunal, que consideró probada su participación directa en el robo.


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