Lo mató de una puñalada tras una discusión en Catriel y lo condenaron a 8 años de prisión
El imputado admitió haner cometido el homicidio en un acuerdo con la fiscalía, que avaló la defensa. El tribunal de juicio de Cipolletti lo homologó y le impuso la pena acordada.
Las evidencias recolectadas por la fiscalía eran casi abrumadoras: cámaras de seguridad, que grabaron la secuencia, pericias y, sobre todo, un testigo que había observado el homicidio. Por eso, Carlos Emanuel Araya optó, tal vez, por el camino más razonable.
Admitió haber sido el autor de la certera puñalada que causó la muerte de Reducindo Figueroa, la madrugada del 8 de febrero pasado, en Catriel. Lo hizo en un acuerdo con el fiscal Gustavo Herrera, que dirigió la investigación del caso, y con el aval del defensor que lo asistió en la audiencia, que se hizo este miércoles.
El fiscal presentó el acuerdo alcanzado con el imputado y su defensa ante el tribunal de juicio, integrado por la jueza Alejandra Berenguer y los jueces Guillermo Merlo y Marcelo Gómez, informaron fuentes judiciales.
Una discusión y una certera puñalada
Herrera relató que el hecho atribuido al imputado ocurrió el 8 de febrero de 2025, en horas de la madrugada. Contó que tres personas salieron de un local nocturno, tipo pool. Caminaron hasta la intersección de las calles Córdoba y Mónaco, donde se originó una discusión entre Araya y Figueroa.
Según la acusación fiscal, Araya se retiró del lugar tras la disputa, pero minutos después, regresó y atacó con un arma blanca a Figueroa.
El imputado le dio un puntazo en el tórax. La lesión resultó mortal. El sospechoso fue detenido. Horas después, se le formularon cargos y quedó detenido con prisión preventiva.
El fiscal expuso ante el tribunal las pruebas para sostener la acusación, que incluyeron testimonios de testigos, imágenes fílmicas y pericias.
Entre los testigos estaba un empleado de la Policía de Río Negro que prestaba servicios adicionales en el local nocturno y aseguró haber visto a la persona imputada en el lugar. Además, dos vecinos aportaron grabaciones que mostraron el momento del ataque.
Contaba además con la declaración de un testigo presencial, quien acompañaba a la víctima y al acusado, y que relató lo ocurrido.
Expuso ante el tribunal que el informe forense confirmó que la causa de muerte fue una lesión cortante en la arteria aorta, compatible con una puñalada, y describió heridas compatibles con signos de defensa.
Mencionó que en el allanamiento del domicilio del acusado, personal policial secuestró prendas de vestir coincidentes con las descriptas por los testigos.
La pena mínima
Herrera calificó el hecho atribuido al imputado como un homicidio simple y pidió al tribunal que lo condenen a la pena mínima de 8 años de prisión. Planteó que el acusado no tenía antecedentes penales.
El imputado manifestó ante el tribunal su conformidad con el acuerdo propuesto por la fiscalía. Admitió el hecho y no objetó la calificación legal ni la pena solicitada por el fiscal.
El defensor expresó que la propuesta resultaba adecuada a la evidencia reunida durante la investigación.
El tribunal analizó el acuerdo presentado y lo homologó porque consideraba que cumplía con los requisitos legales. En consecuencia, condenó al imputado a ocho años de prisión.
Según se informó desde el Poder Judicial, la sentencia quedó firme y el condenado, que ya estaba detenido, comenzó a cumplir la pena.
Comentarios