Sufrió un choque en el 2020 y quedó con graves secuelas: recibirá una indemnización millonaria en Roca
Un juez de Roca condenó a un automovilista por un choque en 2020 y ordenó indemnizar con más de $136 millones a un joven embalador que sufrió graves secuelas. El demandado condujo en exceso de velocidad y tenía alcohol en sangre.
Un fallo buscará dar punto final a la larga batalla judicial que afrontó la víctima de un siniestro en 2020. El juez José María Iturburu determinó una indemnización de más $136 millones contra un conductor, cuyo exceso de velocidad y alcoholemia desencadenaron un accidente que sufrió un joven embalador de Roca. El detalle de la sentencia.
El incidente, ocurrido en la madrugada del 25 de diciembre de 2020, en la calle Viterbori, involucró una motocicleta Keller Miracle 200cc, en la que la víctima viajaba como acompañante, y un automóvil VW Vento, conducido por el demandado.
Según el relato inicial, «el demandado lo hacía en idéntico sentido cuando comienza a realizar una maniobra de sobrepaso a la moto Keller, circunstancia en que pierde el control efectivo del rodado y comienza la maniobra de derrape de Noreste a Suroeste, impactando con la óptica y guardabarros delantero derecho del automóvil contra la parte lateral trasera izquierda de la moto».
La trama del brutal siniestro: velocidad, alcohol y la negativa de la aseguradora
La defensa del denunciado intentó desviar la responsabilidad, alegando que la motocicleta circulaba sin luces y que su conductor había realizado una maniobra imprudente. Sin embargo, las pruebas periciales pintaron un cuadro muy diferente. El conductor tuvo alcoholemia positiva y registró exceso de velocidad, según consta en el fallo que se publicó este viernes.
La compañía de seguros, La Mercantil Andina S.A., también entró en escena, intentando rechazar la cobertura del siniestro. Argumentaron que la conducta del demandado constituía «culpa grave», excluyendo la responsabilidad de la aseguradora, y que el asegurado había reconocido su responsabilidad y realizado un pago al demandante sin su consentimiento.
El cálculo de los daños
La indemnización de $136 millones se desglosó en varios rubros, incluyendo incapacidad sobreviniente psicofísica, daño moral, tratamiento psicológico, gastos médicos y daño material. El juez Iturburu basó su cálculo en las pericias médicas y psicológicas, que determinaron una incapacidad del 28% para la víctima.
«En base a las pautas indicadas, de la pericia médica he de descartar las secuelas invalidantes generadas por la incidencia de cicatrices, sin perjuicio de su valoración al analizar daño moral y, por ello, considero que la incapacidad física resarcible desde el punto de vista patrimonial se compone de: a) Fractura de la diáfisis distal del peroné multifragmentaria y estabilizada con material de osteosíntesis: 4,00%; y b) Limitación funcional del tobillo izquierdo- miembro no dominante: 6,50%», afirmó el juez.
«Por otra parte, la pericia psicológica informa una incapacidad del orden del 20% derivada del Trastorno Adaptativo con Ansiedad que afecta al actor y tiene nexo causal directo con el accidente», completó la sentencia.
De esta manera, el juez ordenó el pago de la indemnización más sus intereses determinados en los considerandos, en el plazo de diez (10) días corridos tras la notificación, bajo apercibimiento de ejecución.
En este tipo de casos, el hombre que inició el proceso civil quedó con secuelas graves siendo muy joven. Teniendo en cuenta que se trató de un embalador, se tuvieron en cuenta que sus haberes superaban el millón de pesos. Según los informes médicos, se determinó una incapacidad psicofísica total del 28,19%.
Es decir que, en este punto, la normativa establece que hay una fórmula para establecer el cálculo. No es discrecional, sino que se aplica la pauta de incapacidad laboral que tiene tres componentes: la edad (mientras más joven es la víctima, mayor es la indemnización), el salario y la tasa de interés compuesto anual del 6%.
Respecto al rol de la compañía de seguros, La Mercantil Andina S.A contestó la citación y solicitó el rechazo de la demanda con costas, indicando que el demandado se encontraba asegurado a la fecha de su ocurrencia por responsabilidad civil hacia terceros, hasta la suma máxima de $ 10 millones.
Sin embargo, negó la cobertura del siniestro alegando que del expediente penal surgió que el demandado circulaba a una velocidad de no menos de 118,69 km/h al momento del siniestro, siendo el máximo permitido de 30 km/h en el lugar del hecho.
Además, se constató una alcoholemia positiva de 0,83 gramos por litro de sangre, cuando el máximo tolerado por la normativa de tránsito de Roca era de 0,50, circunstancias que la excluyeron de la cobertura en los términos de las cláusulas que encuadran la conducta del automovilista en «culpa grave».
Un fallo buscará dar punto final a la larga batalla judicial que afrontó la víctima de un siniestro en 2020. El juez José María Iturburu determinó una indemnización de más $136 millones contra un conductor, cuyo exceso de velocidad y alcoholemia desencadenaron un accidente que sufrió un joven embalador de Roca. El detalle de la sentencia.
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