Un exintendente del Alto Valle se presentó en la Justicia para deslindar responsabilidades tras la condena a su antecesor
Mariano Lavin, exintendente de Fernández Oro y actual interventor del IPPV, presentó documentación y solicitó medidas de prueba al Ministerio Público Fiscal, luego de que el tribunal que condenó a su antecesor, Juan Reggioni, solicitó que se lo investigue.
El exintendente de Fernández Oro y actual interventor del IPPV, Mariano Lavin, se presentó en forma espontánea en los tribunales de Cipolletti para hacer un descargo en la causa en la que fue condenado días atrás su antecesor en el cargo, Juan Reggioni, por la construcción y liquidación irregular de doce viviendas.
Los jueces que intervinieron en el juicio contra Reggioni, que fue condenado a dos años y medio de prisión condicional y se unificó en una pena de tres años en suspenso por una condena anterior, solicitaron al dictar sentencia que se investigue también a Lavin.
El tribunal compuesto por Guillermo Merlo, Alejandra Berenguer y Juan Pedro Puntel en el juicio de cesura contra Reggioni, ordenó dar vista al Ministerio Público Fiscal respecto de las responsabilidades que pudieran corresponderle a Lavín en relación con la finalización del convenio de construcción de las casas, el cuarto desembolso y la rendición final de cuentas.

Los jueces tomaron la determinación en el marco del artículo 275 del Código Penal (delito de falso testimonio) ante la advertencia de inconsistencias en su testimonio judicial con relación a lo certificado por la escribana Obregón, según la comunicación del Poder Judicial de Río Negro sobre el caso.
Las medidas que solicitó Lavin
Lavin, en su presentación realizada hoy lunes, solicitó cuatro medidas al Ministerio Público para deslindar responsabilidades:
– Auditoría y pericia contable de las cuentas municipales asociadas al plan
de cooperativas entre 2015 y 2016, incluyendo ingresos y egresos
relacionados directa e indirectamente con las mismas.
– Auditoría contable sobre los informes técnicos y dictámenes emitidos por
parte del Tribunal de Cuentas Municipal en dichos períodos.
– Requerimiento a la empresa Eraiki S.A. sobre contratos, certificaciones y
pagos recibidos por obras en General Fernández Oro durante los períodos
2014, 2015 y 2016.
– Toma de declaración informativa a ex funcionarios del área de Hacienda y
Obras Públicas intervinientes durante el período 2015 у 2016.
A la hora del contextualizar el hecho, el actual titular del IPPV indicó que «como Intendente Municipal, en el mes de marzo del año 2016, la Municipalidad de General Fernández Oro recibió el cuarto y último envío de fondos correspondientes al Programa de Construcción de Viviendas por Cooperativas por parte del Estado Nacional. Cabe señalar que las tres remesas anteriores fueron recibidas y administradas durante la gestión del Sr. Reggioni».
Agregó que Reggioni «dejó librados cheques de pagos diferido a 30, 60 y 90 días a cargo de ese cuarto envío de fondos, los cuales debieron en su mayoría ser cancelados por mi administración durante el año 2016 conforme a los números de expedientes y órdenes de pagos que se adjuntan a esta
presentación».
Lavin aclaró que el destino de los «fondos transferidos por el Estado Nacional en marzo de 2016 no fue otro que la cancelación de las obligaciones contraídas con anterioridad, en particular aquellas respaldadas por órdenes de pago y documentación administrativa emitida durante la gestión del ex
Intendente Reggioni, tal como surge de los expedientes que se acompañan.
En su presentación, Lavin afirmó que la documentación que sumó y las medidas de prueba solicitadas permitirán descartar cualquier sospecha o desinformación generada a través de manifestaciones públicas infundadas. «Resulta particularmente incoherente que quien suscribe, siendo el funcionario que impulsó la denuncia ante el Tribunal de Cuentas por las irregularidades detectadas en el manejo del plan de cooperativas durante la gestión anterior, sea hoy puesto en tela de juicio por el mismo ex Intendente que se encontraba al frente de la administración en el momento en que se produjeron los hechos denunciados».
El exintendente indicó que «la administración encabezada por el Sr. Reggioni ha sido señalada judicialmente por actos de corrupción, con dos condenas en su contra e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En contraposición, mi gestión se ha caracterizado por la transparencia, el orden administrativo y la firme decisión de llevar adelante las acciones legales necesarias para poner fin a prácticas irregulares del pasado».
Por qué condenaron a Reggioni
Reggioni, fue condenado a tres años de prisión en suspenso, con inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, tras haber sido hallado responsable del delito de administración fraudulenta agravada contra la administración pública y del uso de documento ideológicamente falso.
La maniobra que motivó la condena se relaciona con la utilización de una declaración jurada adulterada que permitió destrabar el cuarto y último desembolso de un plan nacional de viviendas. De las doce unidades previstas por el programa, solo seis fueron construidas total o parcialmente. El resto de las personas imputadas —tres presidentes de cooperativas y una intermediaria— fueron absueltas, ya sea por falta de pruebas, por retiro de la acusación o por afectaciones al principio de congruencia procesal.
El veredicto de responsabilidad se conoció en mayo, en la causa vinculada al plan de viviendas ACU994, implementado entre 2014 y 2015 en Fernández Oro. El tribunal analizó si existió una maniobra dolosa para obtener fondos nacionales sin respetar las condiciones del convenio firmado entre el municipio y la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Nación.
El acuerdo establecía la construcción de doce viviendas en seis meses, con desembolsos escalonados sujetos a certificaciones técnicas. Reggioni gestionó tres de los cuatro desembolsos, equivalentes al setenta y cinco por ciento del financiamiento total. En una declaración jurada de agosto de 2015 —clave en la maniobra— afirmó haber ejecutado ese mismo porcentaje, lo que implicaría nueve viviendas finalizadas. Sin embargo, durante el juicio se acreditó que solo se habían construido seis viviendas (completas o parciales), es decir, apenas el cincuenta por ciento del total comprometido.
A pesar de ese desfasaje, se presentó una rendición de cuentas que indicaba un avance físico del 75 por ciento, lo que motivó la aprobación del cuarto desembolso. Dicha rendición fue acompañada por una declaración jurada firmada solo por Reggioni, sin la intervención del maestro mayor de obras que había certificado las etapas anteriores. La omisión de esa firma técnica y el porcentaje irreal de avance informado constituyeron el núcleo de la maniobra analizada por el tribunal.
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