Un jefe besó en la boca a una trabajadora sin consentimiento y lo despidieron, en Roca

Por acoso, la empresa lo despidió con causa y sin indemnización. La justicia de Roca falló a favor de la víctima y el Superior Tribunal de Justicia lo confirmó.

El caso ocurrió en Roca en una empresa para la que el hombre denunciado llevaba más de 14 años trabajando. La víctima, era de las más jóvenes de la oficina y sufrió el abuso al reincorporarse tras unas vacaciones cuando fue a saludar a su jefe directo.

En esa ocasión, el hombre no sólo la abrazó con fuerza sino que además le dio un beso en la boca, sin ningún tipo de consentimiento por parte de la joven, según se dio a conocer desde Comunicación del Poder Judicial.

Luego del episodio, la chica se encerró en un baño a llorar, la contuvo una compañera y llamó por teléfono a su padre, mientras que el jefe la buscaba para intentar “aclarar” la situación.

Desde la Cámara Laboral probaron que la empleada había sufrido ataques de pánico y estaba en pleno tratamiento cuando sucedieron los hechos. Además, el hecho ocurrió en un “escenario propicio para una conducta de acoso” porque en ese momento estaban solos.

El hombre, en su descargo ante sus superiores, admitió haberle dado un beso “entre la mejilla y la boca”, pero pidió disculpas al calificar su conducta como un “exceso de efusividad» e hizo saber que «no tuvo intención de afectar la dignidad” de la joven.

Ante lo sucedido, la empresa terminó despidiendo al trabajador jerárquico con causa y sin indemnización; pero el hombre demandó a su exempleador alegando que el despido fue desproporcionado y reclamó que lo indemnizaran.

La Cámara Laboral Segunda de Roca tomó el caso y declaró justificada la sanción por ser “proporcional a la falta cometida” y rechazó la demanda del victimario.

Qué dice el fallo del acoso: «No se puede permitir»


Según el fallo, la conducta del hombre, «consciente o inconscientemente, tiene sustento en una vulneración de la igualdad de género, pues desde un lugar de superioridad (jefe) aprovecha la oportunidad para sobrepasarse con una dependiente de su equipo, en un acto impropio y no consentido por la mujer”, se asegura.

“No se puede permitir en este amplio marco de derechos humanos personalísimos, que un jefe sin más bese, abrace o acose a las empleadas, y las cosas sigan como si nada, sin límites a su conducta o comportamiento en el ámbito de trabajo; de lo contrario su mal comportamiento se puede reiterar”, valoró el Tribunal de Roca.

Además, apuntaron que de mantenerse este tipo de actitudes, la «vulnerabilidad de las mujeres del equipo se profundiza» porque daría a entender que se amparan este tipo de conductas, generándose un sinfín de daños directos e indirectos.

En la sentencia, la Cámara reafirma la decisión de la empresa ya que «cuidó a la trabajadora sin revictimizarla» al cambiarla de lugar de trabajo u horario para evitar el contacto, pues tomó una decisión radical que muestra que «este tipo de conductas no están permitidas en el establecimiento».

Ahora también el Superior Tribunal de Justicia confirmó ese fallo, al rechazar el recurso de queja que había interpuesto el hombre. Desde el STJ sostuvieron que la valoración de los hechos y del derecho que hizo la Cámara Laboral, no pueden ser materia de análisis en un recurso de casación.




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