La anarquía salarial en el Estado rionegrino

Héctor Jorge Colás *


El ingreso, las licencias, vacaciones, horario, disciplina y promociones deben ser similares para todos los estatales. Las diferencias actuales son indignantes.


En su edición del 28 de enero pasado, el diario Río Negro, en una nota, titulada “Anarquía salarial en el Estado Rionegrino”, se planteaba las irritantes diferencias remunerativas en la administración pública provincial. En el artículo se consignaba que los Poderes Judicial y Legislativo no quisieron opinar sobre la diferencia de sueldos reinante y el incumplimiento de la ley que dispone la equiparación de los haberes entre los titulares de los tres Poderes del Estado.

Solamente la gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, respondió la requisitoria periodística señalando que el “tema no merece debate”.

La equiparación salarial “no es un tema de agenda” y remataba su posición con una cerrada resignación ante una verdadera injusticia, afirmando: “Esto va a seguir así”.

Es anárquica, injusta e irracional la política salarial implementada por el gobierno de Río Negro.

A partir del 1 de mayo de 1958, que asumió el gobernador radical, Edgardo Castello como primer gobernador provincial y por muchos años Río Negro pudo mostrar un delicado equilibrio entre las remuneraciones de los funcionario y trabajadores estatales de los tres poderes del Estado.

Lamentablemente a partir de 1983 esa equidad se fracturó y la irracionalidad pergeñada por la burocracia política estatal impuso un sistema salarial diferencial, irritante e inconstitucional en la administración pública provincial.

Rotundamente puede afirmarse que los representantes del pueblo en el parlamento anualmente aprobaban partidas presupuestarias para abonar sueldos de servidores del Estado de primera, de segunda y de tercera categoría.

Evidentemente los legisladores de Río Negro no retienen en su memoria al olvidado y marginado artículo 14 bis de la Constitución Nacional que específicamente señala “igual remuneración por igual tarea”.

Pero el tema está reproducido en la Constitución de la Provincia de Río Negro que en su “Preámbulo” establece como objetivo “garantizar el ejercicio universal de los derechos humanos sin discriminaciones”.

En el capítulo denominado “derechos, garantías y responsabilidades”, la carta magna establece que “tiende a eliminar los obstáculos sociales, políticos, culturales y económicos, permitiendo igualdad de posibilidades”.

En la sección constitucional correspondiente a “Derechos del trabajador” en el artículo 40, inciso 2, se establece que “A igual remuneración por igual tarea”. Y en ese mismo artículo, pero en el inciso 9, se determina como “derecho” a “la obtención de una jubilación justa, no menor del ochenta y dos por ciento del ingreso total del sueldo del trabajador activo, sujeto a aporte”.

Con relación a este beneficio es preciso recordar que los representantes del pueblo en el parlamento en el 2008 aprobaron el convenio de adhesión a la Ley 24018 que establece un régimen previsional especial y asegura el 82 % móvil de los sueldos de las futuras jubilaciones de jueces y funcionarios del Poder Judicial.

Esta bochornosa e inconstitucional actitud de los legisladores profundizó el privilegio y la discriminación, cercenando de un legítimo derecho a la mayoría de los trabajadores estatales de la provincia.

Ahora que se reúnen las paritarias de los trabajadores estatales, sería oportuno analizar el artículo 48 de la carta magna provincial que “tiende a establecer un Estatuto Único para la administración pública,” orientando a equiparar situaciones similares”. El ingreso, las licencias, vacaciones, horario, disciplina y promociones deben ser similares para los estatales de Río Negro.

En ese nuevo régimen, cada Poder tendría como base un piso del salario mínimo establecido para la categoría inicial o ingreso que sería similar para los tres poderes del Estado.

De la misma forma la carrera administrativa se desarrollaría hasta llegar, después de muchos años de antigüedad, a la categoría máxima del escalafón que tendría también un techo remunerativo idéntico para las tres jurisdicciones del Estado provincial.

Es anárquica, injusta e irracional la política salarial implementada por el gobierno de Río Negro. Nada justifica la desigualdad, la discriminación y el privilegio.

La diferencia existente entre trabajadores que cumplen situaciones similares en distintos poderes es notoria e indignante.

El ejemplo más patético, lacerante y ridículo es que la máxima autoridad de la provincia, la gobernadora, gane 200.000 pesos y un juez del Superior Tribunal de Justicia perciba entre 430.000 y 480.000.

Indudablemente que los jueces rionegrinos parecen de otro planeta. Gozan de beneficios insultantes.

*Periodista de Viedma


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