La condenaron por causar la muerte de su pareja pero no irá a la cárcel

El hecho ocurrió en Jacobacci en mayo de 2016, en medio de una discusión. La víctima era un policía y falleció tras recibir un tiro de su arma reglamentaria.

La fiscal Betiana Cendón llevó a cabo la investigación del homicidio del policía Héctor Jonathan Laciar. Foto: archivo

La fiscal Betiana Cendón llevó a cabo la investigación del homicidio del policía Héctor Jonathan Laciar. Foto: archivo

Había regresado a su pueblo hace una semana y estaba feliz. Quería recuperar el tiempo perdido tras su paso por Cipolletti. Héctor Jonathan Laciar había conseguido el anhelado traslado para trabajar en la comisaría de Ingeniero Jacobacci. Pero, sobre todo, estaba contento porque estaría cerca de su pareja, Gisela Noemí Vázquez.

Durante dos años habían mantenido una relación de pareja con sus idas y vueltas. Un día antes de que Laciar comenzara a trabajar en la unidad policial de su pueblo, se reunió con Vázquez. Fue la última conversación. Laciar murió por un disparo en el pecho. El proyectil salió de su arma reglamentaria y Vázquez quedó bajo sospecha.

La causa estuvo al borde del sobreseimiento, pero dio un vuelco a partir de una prueba de ADN, que detectó rastros genéticos de la mujer en la empuñadura del arma de Laciar. La fiscal Betiana Cendón, con los abogados por la querella Marcos Miguel y Estanislao Cazaux, impulsaron la causa y acusaron el 2 de agosto pasado a Vázquez por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y por el vínculo, que el Código Penal castiga con prisión perpetua.

Pero el informe del estudio sobre el arma que se hizo en el Centro Atómico Bariloche indicó la presencia de ADN de la víctima. La hipótesis del homicidio agravado se cayó y las evidencias recolectadas concluyeron que la mujer causó de manera accidental la muerte del joven policía.

Vázquez, de 32 años, fue condenada a finales de febrero pasado a tres años de prisión de ejecución condicional como autora penalmente responsable del delito de homicidio culposo.

La pena se impuso en un juicio abreviado a partir de un acuerdo entre la fiscal, la querella y la imputada, con el aval de sus defensores particulares, informaron fuentes judiciales.

Dato

2
años de pautas de conducta deberá cumplir la mujer como fijar residencia y no mudarse sin autorización.

El juez Héctor Leguizamón Pondal admitió el acuerdo y, en consecuencia, condenó a la mujer que admitió su responsabilidad. Vázquez deberá cumplir durante 2 años pautas de conducta como fijar residencia, no mudarse sin autorización y someterse al cuidado del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL).

La muerte de Laciar ocurrió la noche del 20 de mayo de 2016, en Ingeniero Jacobacci. La madre del joven estuvo de acuerdo con el juicio abreviado y la pena en suspenso impuesta a la imputada, indicaron las fuentes.

La investigación pasó por el fiscal Eduardo Fernández y, después, la tomó el fiscal Martín Govetto. La sospechosa era empleada administrativa de la Policía provincial y trabajaba en Ingeniero Jacobacci. Cuando la indagaron negó haber tocado el arma de su pareja. Los informes preliminares indicaron que el joven se había suicidado. Pero Cendón y los querellantes desestimaron esa tesis. Otros peritos concluyeron que Laciar no tenía rasgos suicidas. El barrido electrónico que se hizo en el Centro Atómico Bariloche sobre las muestras que se tomaron de la mujer detectaron partículas de pólvora en su mano derecha y hallaron restos de ADN de Vázquez en la empuñadura del arma de Laciar. Y el expediente cambió. La causa se tramitó con el viejo sistema procesal y, luego, hubo que ajustarla al nuevo Código Procesal Penal.

Héctor Jonathan Laciar y Gisela Noemí Vázquez discutían la noche del 20 de mayo de 2016 en el interior de un Chevrolet Ágile, en la calle Luis Piedrabuena al 164 de Ingeniero Jacobacci. Hubo una detonación y, después, los gritos de una mujer, que pedía ayuda, estremecieron a los habitantes de ese lugar.

Se acreditó que el joven tomó su arma reglamentaria y comenzó a manipularla “provocando una situación de peligro”.

“Vázquez al observar dicha situación intenta por resguardo quitársela y la manipula con impericia e imprudencia, produciéndose el disparo involuntario sin intención de matar a Laciar”, consignó el juez Héctor Leguizamón Pondal en la sentencia que quedó firme.


Formá parte de nuestra comunidad de lectores

Más de un siglo comprometidos con nuestra comunidad. Elegí la mejor información, análisis y entretenimiento, desde la Patagonia para todo el país.

Quiero mi suscripción

Comentarios