Los motivos por los que Norry no fue preso

La jueza Laura Pérez dictaminó dos años y 10 meses de cárcel de ejecución condicional para el joven de Roca acusado de golpear y amenazar a su expareja. Algunos de los justificativos del fallo fueron la falta de antecedentes penales y que el muchacho está bajo tratamiento por su problema de adicciones. 


La pena que fijó la jueza Laura Pérez es en suspenso y el joven solo deberá cumplir normas de conducta.

Francisco Norry fue condenado a dos años y 10 meses de prisión por golpear y amenazar a su expareja Carolina Bustelo en noviembre de 2017 a la salida de un boliche de Roca pero no irá a la cárcel.


La pena que fijó la jueza Laura Pérez es en suspenso de ejecución condicional y el joven solo deberá cumplir normas de conducta. La falta de antecedentes penales y su voluntaria internación en una clínica por su problema de adicciones, fueron algunos de los justificativos que la magistrada expuso en su veredicto. De esta forma el hijo del juez Rubén Norry logró zafar de estar tras las rejas.

El Ministerio Público Fiscal había solicitado la semana pasada en la audiencia de cesura tres años en suspenso mientras que el abogado de la defensa, Juan Luis Vincenty dos años. La querella representada por Bustelo y su abogado Marcelo Hertzriken Velasco pretendían una pena de tres años de cumplimiento efectivo y un millón de pesos de reparación económica.


En diciembre pasado fue declarado culpable por los delitos de “lesiones leves agravadas por el vínculo”, “coacción” y “amenazas simples” contra Bustelo y su hijo adolescente.
Todo agravado por la relación de pareja y por haber sido perpetradas contra una mujer en el marco de “violencia de género” y en concurso real.


El juicio de cesura se llevó ante un Tribunal Unipersonal, encabezado por la jueza Pérez. Esto porque en la audiencia de control de acusación oportunamente las partes, tanto la fiscalía como la querella y la defensa particular, coincidieron en que la pretensión punitiva provisora no superaría los tres años de prisión.


Por su parte el representante de la víctima manifestó que “estaba dispuesto de llevar el juicio ante un tribunal colegiado ya que la escala final del concurso real tiene ocho años de prisión”. Sin embargo Bustelo consintió con las otras partes en continuar el proceso ante un Tribunal Unipersonal. De esta manera la pena máxima que se podía solicitar no superaría los tres años.


Entre los argumentos que justifican que la condena no sea de cumplimiento efectivo la magistrada señaló “la falta de antecedentes penales de Norry, el tener hábitos de trabajo, el haber reconocido el padecimiento de la adicción y sus consecuencias, su voluntaria internación para superar la enfermedad, el avance en el tratamiento, la edad, una pena de corta duración, la conducta durante el proceso y el tratarse de una persona que cuenta con contención según surge de todos los informes producidos en el debate”.


Sobre las pautas de conductas la jueza mantuvo lo solicitado por la fiscalía de que “una vez concluido el tratamiento que está realizando el imputado, deberá comparecer ante el Cuerpo de Investigación Forense para que evalúe la continuidad o no de otra terapia por adicciones y problemáticas de violencia”.


Por su parte, Velasco manifestó no estar de acuerdo con la pena pero si que se haya condenado a Norry.
“Es alentador para la víctima entender que hay una primera condena y que este hecho no ha quedado impune”, expresó.


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